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Colegiatura sí debe pagarse en contingencia: Profeco

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Respecto al pago de colegiaturas se sugiere que escuelas y consumidores puedan conciliar los esquemas de pago ante la emergencia sanitaria A la pregunta que muchos se hacen si debe o no pagarse la colegiatura la respuesta es “Sí deben pagarse”, ya que el decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación no … Leer más

Redaccion Perfiles
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3 de abril 2020

Respecto al pago de colegiaturas se sugiere que escuelas y consumidores puedan conciliar los esquemas de pago ante la emergencia sanitaria

A la pregunta que muchos se hacen si debe o no pagarse la colegiatura la respuesta es “Sí deben pagarse”, ya que el decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación no elimina la obligación del pago de colegiaturas, porque la contingencia está denominada como causa de fuerza mayor, por lo que los proveedores, en este caso las escuelas privadas, no pueden continuar dando clases.

De hecho, las escuelas, en su mayoría, han implementado clases en línea para continuar con los cursos. El cobro de la colegiatura correspondiente a marzo y abril tendría que ser considerado bajo circunstancias especiales, dado que la clase virtual reduce gastos en servicios de luz, agua y otros para los planteles.

En un comunicado el Procurador Federal del Consumidor, Ricardo Sheffield Padilla, señaló que es conveniente, que las escuelas y los padres de familia o alumnos, puedan conciliar y acordar condiciones de flexibilidad para realizar los pagos de la colegiatura, que pueden ir desde parcializarlos, meses sin intereses, cuota reducida o alguna otra modalidad que sea conveniente a las partes.

Se debe tratar el tema escuela por escuela, incluso atender situaciones de alumnos en lo particular. Los colegios cuentan con los medios virtuales para poder conciliar con los consumidores sin tener que desplazarse físicamente.

Se reitera que la emergencia sanitaria no es pretexto ni libera al consumidor de sus obligaciones de pago, ya que no se reciben las clases por causa de fuerza mayor.

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