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Desempleados de pandemia podrán retirar de Afores

Desempleados de pandemia podrán retirar de Afores
Los recursos retirados y las semanas cotizadas pueden ser repuestos posteriormente. (ESPECIAL)

Entre los requisitos para acceder a este beneficio se encuentra tener 46 días naturales o más de haber perdido trabajo Redacción Entre los beneficios que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en materia de seguridad social, se encuentra el Retiro Parcial por Desempleo, una protección que tiene el trabajador formal, particularmente importante en … Leer más

Julian Istilart
|
4 de enero 2021

Entre los requisitos para acceder a este beneficio se encuentra tener 46 días naturales o más de haber perdido trabajo

Redacción

Entre los beneficios que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en materia de seguridad social, se encuentra el Retiro Parcial por Desempleo, una protección que tiene el trabajador formal, particularmente importante en momentos de emergencia sanitaria, ya que en el caso de pérdida del empleo puede hacerse uso de los recursos de la cuenta individual del trabajador.

De acuerdo con el IMSS, los requisitos para acceder a este beneficio son: tener 46 días naturales de estar desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una AFORE, tener dos o más años cotizados en el Seguro Social y no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años.

Una vez cumplidos los requisitos, es necesario presentarse en la AFORE y solicitar la realización del trámite; hecho esto, el fondo de ahorro validará que se cumpla con las condiciones del trámite y el IMSS certificará en su caso el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

La disposición parcial de los recursos de la cuenta individual se podrá realizar con base en dos modalidades: en la primera, si la cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y la persona tiene un mínimo de dos años de cotización al IMSS, entonces se puede retirar en una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La segunda modalidad es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Lo recomendable es acceder al Retiro Parcial por Desempleo sólo en caso de emergencias, ya que al retirar los recursos de sus ahorros también se disminuyen las semanas cotizadas. No obstante, para no afectar la posibilidad de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e ingresados a la cuenta individual, con lo que se reintegrarán las semanas que hubieran sido descontadas.

 

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