En la actualidad, dicho precepto señala que se entenderá por UMA a la Unidad de Medida y Actualización que se utiliza como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de dichas leyes, y propone adicionar “con excepción de la previsión y prestaciones de seguridad social, las cuales se calcularán con base en el salario mínimo vigente”, finalizó.