La Ley Federal del Trabajo señala que el pago de utilidades es un derecho para los trabajadores y se accede a él siempre y cuando la empresa en la que se labora haya tenido utilidades a lo largo del año.
Sin embargo, a pesar de que es un derecho, no todos los empleados acceden a este.
¿Quiénes no reciben el pago de utilidades?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, existen excepciones de trabajadores que no podrán percibir este pago, los cuales son:
Dueños
Socios
Accionistas
Gerentes generales
Trabajadoras del hogar
Trabajadores eventuales (si trabajaron menos de 60 días)
Trabajadores independientes que cobran por honorarios y no por salario
El resto de empleados podrán recibir su reparto de utilidades siempre y cuando la empresa en la cual colaboran haya accedido a la línea de utilidades.
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas que trabajan para personas morales (empresas), recibirán el pago de la utilidades entre el 1 de abril y el 31 de mayo.
Asimismo, las personas que trabajan para personas físicas (particulares) estarán recibiendo sus utilidades entre el 1 de mayo y el 29 de junio.