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Revocación de mandato es invalidada por falta de votos

Revocación de mandato es invalidada por falta de votos
Revocación de mandato es invalidada por falta de votos
La participación en la consulta no alcanzó la participación necesaria; fue declarado como un proceso con "malas conductas"
Ricardo García
|
28 de abril 2022

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inválido el proceso de revocación de mandato por falta de votos, ya que el ejercicio electoral no alcanzó el 40 por ciento de participación ciudadana necesaria.

La decisión se tomó en la Sesión Solemne Cómputo Final y Conclusión de Proceso de Revocación de Mandato, celebrada el día 27 de abril. 

El porcentaje de participación fue del 17.77 por ciento, 22.23 puntos de los que exige la ley para emitir una declaratoria.

En la Sesión Solemne estuvieron presentes:

  • El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar
  • El secretario de Gobernación, Adán Augusto López
  • El presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova

Asimismo, con cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados, se declaró que este procedimiento se realizó con “malas conductas” que impactan la calidad de la democracia participativa.

La decisión se tornó a las autoridades responsables en casos de «malas conductas» para investigación, como:

  • La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE
  • La Fiscalía contra Delitos Electorales de la FGR
  • La Sala Especializada del TEPJF

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón condenó las «malas prácticas» detectadas durante este procedimiento mientras que la magistrada Janine Otálora consideró que «corrompieron el proceso».

REGT

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