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¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre?

El viernes 16 de septiembre es día de descanso obligatorio en México. / Twitter: @qromunicipio
El viernes 16 de septiembre es día de descanso obligatorio en México. / Twitter: @qromunicipio

Si trabajas el 16 de septiembre, tu patrón está obligado a pagarte extra porque es un día de descanso obligatorio en México

Si eres parte de los mexicanos que no puede gozar del día de descanso obligatorio y trabajas el 16 de septiembre, aquí te decimos cuánto deben pagarte por laborar ese día de celebración.

De los pocos días de descanso obligatorio que quedan para este 2022, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, uno es el viernes 16 de septiembre, día en que se celebra la Independencia de México.

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Generalmente, las familias aprovechan este día para unirse a los festejos patrios, que empiezan, para muchos, desde una noche antes incluso, ya que, durante la noche del 15 de septiembre, es cuando se celebra la conmemoración del Grito.

Pero no todos los mexicanos tienen la oportunidad de descansar el 16 de septiembre por diversas circunstancias laborales. Sin embargo, esta situación tiene la ventaja de que, a quien labore en este día, se le pagará, en total, el triple de su salario. Te explicamos por qué:

En la Ley Federal del Trabajo, se establece que los días de descanso obligatorio en México para este año son:

  • Lunes 7 de febrero, por conmemoración del 5 de febrero, día de la Constitución Mexicana
  • Lunes 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez
  • Domingo 1 de mayo, día del tabajo
  • Viernes 16 de septiembre, día de la Independencia de México
  • Lunes 21 de noviembre, por conmemoración del 20 de noviembre, día de la Revolución Mexicana
  • Domingo 25 de diciembre, Navidad

En la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 75, establece:

“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Es decir que el trabajador recibirá el triple de su salario, ya que el patrón debe pagar el salario normal más el doble de ese monto. Si un trabajador gana, por ejemplo, 10 pesos diarios, recibirá esos 10 pesos y 20 pesos adicionales por su labor en el día de descanso.

Si el día de descanso llegara a coincidir, además, con el día de descanso semanal, el patrón debe pagar también la prima dominical que marca el artículo 71 de la misma ley:

“Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo. Derivado de lo anterior las y los trabajadores recibirán el triple del salario por ese día, más la prima dominical”.

Los trabajadores deben conocer sus derechos laborales para poder evitar cualquier intento de abuso de autoridad por parte de los patrones.

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