Logo Al Dialogo
MÉXICO

Utilidades 2025; ¿cuál es la fecha límite para recibir el pago?

Utilidades 2025; ¿cuál es la fecha límite para recibir el pago?
Recuerda que hay una fecha límite para recibir el pago de utilidades 2025. / Canva
El pago de utilidades 2025 es un derecho de los trabajadores; ¿cuál es el último día para recibirlo?
Jair Lara
|
24 de abril 2025

El reparto de utilidades en 2025 es un derecho constitucional con el que los trabajadores reciben una parte de las ganancias de la empresa o patrón. 

El mecanismo busca garantizar una distribución equitativa del capital generado por las compañías y tiene una fecha límite de pago.

¿A quiénes les corresponde el pago de utilidades?

Este derecho está establecido en el artículo 123 de la Constitución y es regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

 Es aplicable a empleados con más de 60 días laborados y cuya relación laboral sea formal con la compañía. No obstante, se excluye a directores, administradores, socios, instituciones públicas y empresas con menos de un año de operación.

Su distribución se calcula con base en un porcentaje que establece la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades

Asimismo, el reparto de utilidades 2025 debe otorgarse entre los meses de mayo y junio, acorde al regimen fiscal. 

¿Cuál es la fecha límite para recibir el pago de utilidades 2025?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) indicó que hay una fecha límite para que los trabajadores reciban el reparto de utilidades. Sin embargo, hay dos días diferentes según el lugar donde labora una persona.

Las personas que trabajan en una empresa deberán recibir el pago a más tardar el viernes 30 de mayo de 2025. En el caso de quienes sean empleados por una persona física tendrán como plazo límite el domingo 29 de junio del año en curso.

¿Qué hacer si no recibí el pago de utilidades 2025?

Si un centro de trabajo no cumple con el pago de utilidades, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) y presentar una reclamación. O en todo caso, generar una denuncia ante la Inspección Federal del Trabajo.

Cabe señalar que además de las empresas de nueva creación, durante su primer año de operaciones, también están exentas de utilidades aquellas que registren pérdidas fiscales o no rebasen ingresos mayores a 3000 mil pesos en el año fiscal.

Consulta las Promesas de Campaña de gobernadores y alcaldes en el Chatbot de Whatsapp

 COMPARTA ESTE ARTÍCULO
Logo Al Dialogo
CREAMOS Y DISTRIBUIMOS
CONTENIDO DE VALOR
DOMICILIO
Avenida Constituyentes 109, int.11, colonia Carretas.
C.P.76050. Santiago de Querétaro, Querétaro.
AD Comunicaciones S de RL de CV
REDES SOCIALES
Logo Al Dialogo
© 2024 AD Comunicaciones / Todos los derechos reservados