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Athos y Tango: Su legado ya es jurisprudencia en México

Athos y Tango: Su legado ya es jurisprudencia en México
Con Athos y Tango, la protección animal alcanza la jurisprudencia / Foto: especial
El caso de Athos y Tango, dos perros rescatistas envenenados en 2021, se convirtió en jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Andrea Torres
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26 de abril 2025

Los perros rescatistas Athos y Tango fueron envenenados en 2021 por Benjamín «N», quien fue sentenciado a 10 años y seis meses de prisión, lo que originó el primer juicio penal por maltrato animal.

Este caso ya es jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), de acuerdo a la abogada de animales, Mónica Huerta.

«Significa que las leyes y la aplicación de la justicia en nuestro país ha cambiado gracias al criterio que nuestro máximo Tribunal ha emitido en el caso de Athos y Tango; ahora en casos similares, las autoridades deberán observar obligatoriamente la forma de resolver en esta sentencia y aplicar ese criterio en la resolución de casos de delitos contra animales», explicó.

Athos y Tango abren camino a la protección animal en México

La activista destacó que este caso es un «gran logro» en el derecho mexicano y en el reconocimiento de los derechos de los animales en nuestro país.

«Su legado (de Athos y Tango) traerá muchos beneficios en el mundo jurídico de los animales», destacó Mónica Huerta.

Cabe recordar que Benjamín «N» dejó trozos de salchichas envenenadas para que tres caninos las consumieran, de los cuales dos murieron y uno sobrevivió con lesiones. Por lo que la persona fue condenada por tres delitos.

La Jurisprudencia refiere que la persona sentenciada promovió un juicio de amparo directo, el que el Tribunal Colegiado del circuito de reconocimiento concedió la protección constitucional, al considerar que la agravante relativa a la utilización «de métodos crueles» en la realización de los actos de crueldad animal, constituía una doble sanción por el mismo hecho.

En desacuerdo, el dueño de los caninos interpuso un recurso de revisión de la competencia de la SCJN, al que se adhirió la persona quejosa.

Por lo que la Suprema determinó no reducir la pena y hacer valer el doble juzgamiento por el mismo hecho delictivo.

Con información de Irán Hernández

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