La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa (CEDH) emitió una recomendación a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) tras confirmar que un interno del Centro Penitenciario de Aguaruto, en Culiacán, sufrió daño ocular grave cuando un médico del penal le aplicó pegamento tipo “Kola Loka” en lugar de gotas oftálmicas.
De acuerdo con el expediente CEDH/VIIIBIS/SP/001/2025, el hecho ocurrió el 5 de enero de 2025, cuando el interno acudió al área médica por irritación y ardor ocular. El médico de guardia le informó que colocaría gotas para aliviar la molestia, pero por error le aplicó cianoacrilato, provocándole la imposibilidad de abrir los ojos.
Confirman negligencia médica en caso de interno de penal de Aguaruto al que le aplicaron pegamento en los ojos
El afectado fue trasladado al Hospital General de Culiacán y posteriormente al Hospital Civil, donde un especialista en oftalmología confirmó la negligencia médica y ordenó retirar el adhesivo cortando las pestañas del paciente.
Tras la investigación, la CEDH Sinaloa determinó que hubo violaciones a los derechos humanos a la salud, legalidad y seguridad jurídica, atribuibles al personal médico del penal, dependiente de la SSPE.
En la recomendación emitida el 29 de agosto de 2025, el presidente de la CEDH, Óscar Loza Ochoa, solicitó al titular de la SSPE, Óscar Rentería Schazarino, implementar cuatro medidas:
iniciar un procedimiento administrativo contra el médico responsable
capacitar al personal médico penitenciario
reparar el daño a la víctima conforme a la ley
difundir la recomendación entre el personal para evitar nuevos casos
El organismo recordó que las personas privadas de la libertad deben recibir atención médica en condiciones de igualdad y calidad, conforme a la Ley Nacional de Ejecución Penal y a los criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“La atención médica en los centros penitenciarios debe ser integral, profesional y sin discriminación. La negligencia médica no puede ser tolerada dentro del sistema penitenciario”, subrayó la CEDH.
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La Secretaría de Seguridad Pública cuenta con cinco días hábiles para informar si acepta la recomendación; de no hacerlo, el silencio se considerará negativa tácita. Aunque las recomendaciones de la CEDH no son vinculantes, una vez aceptadas, las autoridades están obligadas a cumplirlas bajo observación pública.
El caso ha generado indignación social en Culiacán, donde colectivos y organizaciones civiles han exigido mayor supervisión en los servicios médicos del penal de Aguaruto, señalado anteriormente por deficiencias en atención y protocolos de salud.