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MÉXICO

Estado mexicano acatará sentencia de la CIDH por caso Ernestina Ascencio: Claudia Sheinbaum

Estado mexicano acatará sentencia de la CIDH por caso Ernestina Ascencio: Claudia Sheinbaum
En Palacio Nacional, durante la conferencia mañanera, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció el cumplimiento de la sentencia en el caso de Ernestina Ascencio. Foto: Especial
México cumplirá las órdenes de la Corte IDH por el feminicidio de la indígena Ernestina Ascencio, víctima de violación y tortura por militares en 2007
Jessica Ignot
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17 de diciembre 2025

La presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que el Estado mexicano cumplirá íntegramente la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) por el caso de Ernestina Ascencio Rosario, mujer náhuatl de 73 años del municipio de Soledad Atzompa en Veracruz, violada y torturada por militares en 2007, hechos que derivaron en su muerte.

Desde Palacio Nacional, la mandataria subrayó que la resolución internacional señala obligaciones específicas que serán atendidas y que el crimen ocurrió durante el gobierno de Felipe Calderón, en el contexto de la militarización impulsada en aquella administración.

“Las acciones vienen muy claras y se van a cumplir”, dijo.

Sheinbaum insistió en que el cumplimiento de la sentencia no será meramente formal, sino que implicará la implementación de acciones concretas y verificables.

“No se trata solo de palabras: lo que la Corte nos marca son acciones precisas, con plazos y con resultados; se cumplirán de manera transparente y con respeto a los derechos de las víctimas y sus familias”, aseguró.

La presidenta también destacó que estas medidas forman parte de un compromiso más amplio para fortalecer el acceso a la justicia en casos de violaciones graves a derechos humanos, especialmente cuando involucran a grupos vulnerables como pueblos indígenas.

Corte IDH responsabiliza al Estado mexicano

El Tribunal concluyó que México incurrió en responsabilidad internacional al no investigar con debida diligencia, negar acceso a la justicia y fallar en brindar atención médica adecuada a Ernestina Ascencio.

Los jueces determinaron que la agresión sexual constituyó tortura debido a la violencia extrema, el sufrimiento causado y la intención de intimidar y someter a la víctima.

La Corte también consideró probada la existencia de estereotipos de género y discriminación étnica que influyeron en el cierre prematuro de las investigaciones.

Más de 18 años sin justicia para la familia

El organismo señaló barreras estructurales que enfrentaron los hijos de Ernestina, quienes, por ser indígenas monolingües, sufrieron obstáculos adicionales y presiones para abandonar el proceso.

Además, se determinó que la falta de intérpretes y la ausencia de servicios médicos adecuados vulneró derechos básicos como la salud, integridad personal, honra y protección judicial.

Medidas de reparación ordenadas

La sentencia instruye al Estado mexicano a:

  • Reabrir una investigación penal seria y exhaustiva
  • Sancionar a los responsables
  • Brindar atención médica y psicológica a familiares
  • Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad
  • Capacitar funcionarios en derechos humanos y atención a pueblos indígenas
  • Fortalecer centros de atención especializados
  • Crear un registro nacional de intérpretes para el sistema de salud y justicia

La Corte no acreditó violaciones relacionadas con acceso a información y libertad personal por falta de elementos probatorios suficientes.

Sentido histórico y político

El caso se inscribe en el periodo inicial de la “guerra contra el narcotráfico”. Para organizaciones y especialistas, marca un precedente por la violencia sexual usada como mecanismo de control y la impunidad en contextos militarizados.

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