En el periódico oficial La Sombra de Arteaga se publicó el nuevo reglamento para panteones del municipio de Jalpan de Serra, el cual prevé sanciones y multas que van desde los mil hasta 23 mil pesos por el comercio ambulante dentro de los espacios, así como ingresar bajo los efectos de alguna bebida embriagante, entre otros motivos.
Luego de que el ayuntamiento actualizó la normatividad municipal aplicable a la administración y operación de los panteones, con el objetivo de armonizarla con la legislación estatal y federal vigente en materia sanitaria, ambiental, administrativa y de mejora regulatoria.
Prohibiciones en panteones de Jalpan de Serra
El reglamento establece la prohibición de realizar actos que atenten contra la moral, las buenas costumbres o el respeto debido a los difuntos y a sus deudos; ingresar al panteón en estado de ebriedad o bajo el influjo de sustancias psicotrópicas, estupefacientes o tóxicas.
Introducir, portar o consumir bebidas alcohólicas, sustancias prohibidas o cualquier tipo de droga dentro de los panteones; portar armas de fuego, punzocortantes o cualquier otro objeto que pueda ser utilizado para causar daño; efectuar actos de comercio, venta ambulante, rifas o colectas sin la autorización expresa de la autoridad competente.
Alterar, dañar, destruir, pintar o modificar sin autorización las tumbas, sepulturas, lápidas, monumentos, nichos o cualquier otra estructura existente dentro del panteón; sustraer, remover o intercambiar restos humanos, urnas, ataúdes, lápidas, flores u objetos colocados en las sepulturas.
Depositar basura, escombros o materiales fuera de los lugares designados por la administración del panteón. Introducir vehículos sin autorización, salvo los utilizados para servicios funerarios o de mantenimiento; permanecer en el interior de los panteones fuera del horario autorizado por la administración municipal.
Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp y sigue la información más de cerca
Practicar actividades ajenas al objeto del panteón como juegos, eventos recreativos, reuniones o celebraciones no autorizadas; realizar construcciones, remodelaciones o ampliaciones en sepulturas, criptas o nichos sin la autorización previa.
Utilizar los panteones como lugares de pastoreo, depósito de materiales o estacionamiento y permitir la entrada o deambulación de animales dentro de las instalaciones de los panteones, salvo aquellos que sean de asistencia a personas con discapacidad.
Multas y sanciones
Las violaciones a las disposiciones del presente reglamento pueden ir desde 10 hasta 200 Unidades de Medida y Actualización (UMA’s), dependiendo de la gravedad y reincidencia de la infracción. En caso de reincidencia, la sanción podrá aumentarse hasta el doble de la cantidad impuesta originalmente.