SCJN concede amparo a comunidades indígenas de Huimilpan por violaciones ambientales y falta de consulta
La SCJN resolvió a favor de comunidades indígenas de Huimilpan tras 14 años de litigio por violaciones ambientales / Foto: Especial
La SCJN otorgó amparo a comunidades indígenas de Huimilpan por violaciones ambientales y omisión de consulta previa en la construcción de granjas avícolas
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó por unanimidad de cinco votos la protección de la justicia federal a las comunidades indígenas de:
Puerta de Tepozán
El Garruñal Apapátaro
El Zorrillo
Colonos de San Antonio Carranza
Colonia Nuevo Apapátaro
En el municipio de Huimilpan, Querétaro, por violaciones en materia de derechos indígenas y medio ambiente.
Resolución a comunidades indígenas de Huimilpan es calificada como histórica
Las comunidades promovieron el amparo en diciembre de 2011 ante el Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Querétaro, en contra de la licencia de construcción y el dictamen de uso de suelo emitidos por la Dirección de Obras Públicas, Desarrollo Urbano y Ecología municipal.
Tras 14 años de litigio, la Corte resolvió el Amparo en Revisión a favor de las comunidades, al concluir que no se realizó una consulta libre, previa e informada, como lo exige la legislación nacional e internacional antes de desarrollar proyectos en territorios de pueblos originarios.
El fallo también determinó que la autorización de las granjas avícolas en la zona fue ilegal, al no contar con una manifestación de impacto ambiental ni respetar el ordenamiento ecológico estatal. La SCJN señaló que las omisiones de las autoridades provocaron afectaciones al medio ambiente, a la salud ecosistémica y humana, y al modo de vida cultural de las comunidades, lo que constituye un daño moral.
Efectos de la sentencia
Entre los efectos de la sentencia destacan:
dejar sin efecto la licencia de construcción y el dictamen de uso de suelo
instaurar una consulta pública en las comunidades afectadas con apoyo del Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI)
reconocer a los habitantes como víctimas de violaciones a derechos humanos
vincular a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) para garantizar medidas de reparación
requerir a la empresa los estudios de impacto ambiental correspondientes
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La resolución fue calificada como histórica, al aplicar los principios de precaución, prevención, indubio pro natura e indubio pro aqua, y por alinearse al Acuerdo de Escazú, que garantiza el acceso a la justicia para defensores del medio ambiente.