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¿Fuiste baja en el trabajo? Conservas derechos ante IMSS por 56 días

¿Fuiste baja en el trabajo? Conservas derechos ante IMSS por 56 días
Capital perdió más de 13 mil empleos entre enero y abril por contingencia
La conservación de derechos en este periodo, sólo se otorgará si el asegurado ha cotizado previamente a su baja laboral como mínimo por dos meses
Lorena Rudo
|
22 de diciembre 2018

La conservación de derechos en este periodo, sólo se otorgará si el asegurado ha cotizado previamente a su baja laboral como mínimo por dos meses


Una vez que causaron baja laboral, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) brinda al asegurado un periodo de hasta 56 días posteriores a manera de conservación de derechos, en lo que se refiere a la atención médica y cotizaciones ante la institución.

Lo anterior lo informó la jefa del Departamento de Afiliación Vigencia en la Subdelegación Hidalgo en Jalisco, Virginia Elizabeth Mercado Bonilla, quien añadió que la conservación de derechos en este periodo, sólo se otorgará si el asegurado ha cotizado previamente a su baja laboral como mínimo por dos meses (ocho semanas).

En atención médica dijo, la prerrogativa abarca todos los servicios incluyendo la hospitalización, el acceso a farmacias e incluso intervenciones quirúrgicas.

Existen excepciones que prevé la Ley del Seguro Social, cuando el trabajador causa baja del Régimen Obligatorio, como en el caso de la maternidad en la que se puede otorgar una ampliación de derechos, siempre y cuando la asegurada no perciba más de tres salarios, y se encuentre vigente como trabajadora al quedar embarazada.

“Sólo en ciertos casos se otorga dicha ampliación, lo más recomendable si la trabajadora causo baja laboral, es contratar opciones como el seguro para la familia, que cubre no sólo la atención médica para ella sino para su bebé y familiares, y puede renovarse año con año,” refirió Mercado Bonilla.

En lo que se refiere a conservar derechos en cuanto a semanas cotizadas por un periodo más amplio al mencionado, dijo que se puede contratar la modalidad de aseguramiento en cuanto a vigencia de derechos, en la que el interesado puede continuar cotizando al instituto realizando el pago de sus cuotas de forma personal.

Indicó que para consultar las semanas cotizadas se debe acudir a la Subdelegación más cercana al domicilio del trabajador, para pedir una constancia al respecto.

Notimex / CEPL

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