¿Tienes adeudos con el SAT? ¡Podrían embargarte!
A partir de 2022 el SAT podrá notificar al contribuyente, por medio del buzón tributario, que le embargará sus cuentas de banco o algún bien inmueble, esta acción no es algo tan negativo, ya que por lo menos informarán con anticipación. Se estaba volviendo una práctica común que la autoridad tributaria no notificaba de un … Leer más
A partir de 2022 el SAT podrá notificar al contribuyente, por medio del buzón tributario, que le embargará sus cuentas de banco o algún bien inmueble, esta acción no es algo tan negativo, ya que por lo menos informarán con anticipación.
Se estaba volviendo una práctica común que la autoridad tributaria no notificaba de un embargo y los contribuyentes se enteraban por medio del banco que tenían embargadas sus cuentas.
Con las nuevas disposiciones fiscales, podrán notificar embargos vía el buzón tributario. En caso de que les sea notificado un embargo por esa vía, deben saber que tienen medios de defensa e impugnación.
El buzón tributario está vinculado al correo electrónico personal de los contribuyentes. Los embargos, en el 95 por ciento de los casos, se hacen una vez que las autoridades fiscales le hicieron una auditoría al contribuyente.
El buzón tributario está vinculado al correo electrónico personal de los contribuyentes. Los expertos recomiendan revisarlo al menos una vea a la semana.
Te podría interesar: El SAT podrá embargar depósitos bancarios