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“Hay un conflicto grande y fuerte, entre la ética de la responsabilidad y la ética personal”
Nikos Vutsis
Parlamentario griego
El Estado, en tanto conjunción de territorio, población, orden jurídico, soberanía y gobierno, encuentra justamente en este último elemento, la instancia de coordinación y articulación entre los cuatro anteriores. Y de esta manera, el gobierno exige de sus agentes o funcionarios, un cierto actuar que sea acorde con el orden jurídico, atienda las necesidades de la población en la porción territorial que competa, con la completa sujeción que reclama la soberanía.
Este actuar, al ser expresión de los textos normativos (Hans Kelsen presente) implica un actuar que debe ser constitucional y legal. De esta forma, como comentamos en otro artículo siguiendo las ideas de Sagüés, no hay imparcialidad frente a los valores constitucionales, sino parcialidad a su favor.
Ahora bien, en general no existe problema de conciencia entre el agente de gobierno y la conducta que se le exige, pues si bien pueden existir discrepancias menores, es de esperarse una adhesión del funcionario al régimen o sistema en el que colabora, ya sea que esta se manifieste de forma expresa, o al menos tácita y comprobable por el cumplimiento diario de su deber.
Sin embargo, hay casos en que, como nos señala el parlamentario griego cuya frase es el pórtico de este artículo, choca la ética de la responsabilidad con la personal. Vutsis exclamó esa frase en relación a la discusión en el parlamento griego acerca de las medidas draconianas que condicionaban el reciente rescate de su economía. En otras palabras, no quería como griego votar por el sí, pero como parlamentario debía votar por el sí. Difícil cosa el armonizar semejante discrepancia.
Recientemente han surgido dos casos que llaman la atención sobre este tema. Uno, en nuestro vecino Guanajuato, en el que el Director del Registro Civil anuncia su intención de renunciar antes que acordar la adopción por una pareja del mismo sexo, a partir de su consideración del llamado “interés superior del menor”. Otro, en Kentucky Estados Unidos, donde una funcionaria registral se ha negado a otorgar la licencia de matrimonio a una pareja también del mismo sexo, alegando en este caso su fe religiosa.
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Me parece que son estupendos ejemplos de cómo pueden existir ocasiones, afortunadamente poco comunes, en que el Estado reclama (o hay una expectativa de que reclame) una conducta a un funcionario contrariando su voluntad o creencias personales. En tal caso, ¿qué debe hacerse? Esta es una pregunta de ética práctica de la mayor importancia.
Ciertamente el servidor público puede tomar varios caminos, desde la obediencia directa bajo el cobijo del mandato legal, hasta la renuncia voluntaria (como el funcionario de Guanajuato) o enfrentar los efectos de su decisión, incluso la cárcel (tal está sucediendo con el caso de la funcionaria de Kentucky)
Creo que es posible, y un deber del Gobierno, encontrar una salida a tales circunstancias. Una opción que a la vez garantice el ejercicio de dos derechos, el de quien reclama la cobertura legal para un acto jurídicamente posible, y quien manifiesta su oposición personal por razones de peso (que deben valorarse)
No es fácil. Pero el ejercicio del poder público no lo es. Y parecen existir diversas razones y grados que pueden ser atendibles, dado que desde luego no cualquier argumento que se dé para pretender excusarse en lo personal del cumplimiento de un mandato será válido. En todo caso, la respuesta práctica nos remite al Derecho Romano (una vez más, como tan a menudo sucede en los problemas jurídicos) cuando nos recuerda la figura del “jurisprudente”: no es el sabio, el que acumula conocimientos jurídicos; sino el que sabe cómo resolver los problemas que se presentan en la aplicación de la ley.
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