Adicionalmente, dentro de las obligaciones de los constructores (que solo aplican para este sector) está presentar, para cada obra, avisos de inicio y terminación de las mismas, lo que da al instituto la oportunidad de revisarlas en tiempo real; eso sí, estas obligaciones vienen con un derecho para los patrones: cuando el constructor presenta su aviso de terminación de obra, el IMSS solo tiene 90 días adicionales para requerirle información a fin de cerciorarse del correcto cumplimiento de sus obligaciones, de no hacerlo, se presumirá que el patrón cumplió con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos (Art. 12-A, último párrafo, Reglamento de la Construcción).