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MÉXICO

Medidas sanitarias que deberán implementar empresas para iniciar labores

Medidas sanitarias que deberán implementar empresas para iniciar labores
Medidas sanitarias que deberán implementar empresas para iniciar labores
La Secretaría de Economía publicó un protocolo de lineamientos que deberán seguir las empresas para su próxima reapertura
Lorena Rudo
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18 de mayo 2020

La Secretaría de Economía publicó un protocolo de lineamientos que deberán seguir las empresas para su próxima reapertura

Lorena Rudo

La Secretaría de Economía da a conocer -en un documento de 31 páginas-, el nuevo protocolo que deberán cumplir aquellas empresas que estén próximas a reabrir siempre y cuando estén dentro de las consideras esenciales y a las cuales se incluyeron los sectores automotriz, construcción y minería.

Es decir, este protocolo deberán implementarlo las empresas esenciales que estén próximas a iniciar labores, pero también aquellas que aún no iniciarán con su reapertura ya que este lineamiento está incluido dentro de la ‘nueva normalidad’  tras el Covid-19.

Destacan que es el nuevo protocolo que empresas y trabajadores deben seguir puntualmente aunque la línea de contagios baje o no, esto para evitar un nuevo rebrote del virus.

Es preciso recordar que ahorita nos ubicamos en la-Etapa 2- Del 18 al 31 de mayo y será dentro de la -Etapa 3- que contempla a partir del 1 de junio, las actividades sociales, educativas y económicas serán acorde a un semáforo de riesgos donde apunta qué estados iniciarán sus actividades primero.

Medidas sanitarias a implementar

  • Evitar el hacinamiento en espacios y garantizar la disponibilidad permanente de agua potable, jabón, papel higiénico, gel con base de alcohol y toallas desechables para el secado de manos.
  • Establecer horarios alternados de comidas, baños y actividades cotidianas para reducir el contacto entre personas.
  • Incrementar el número de vehículos destinados al transporte de personal, con el fin de reducir el hacinamiento y la posibilidad de contagios, manteniendo una sana distancia y la ventilación natural del transporte.
  • Para las personas trabajadoras que se detectaron con signos de enfermedades respiratorias y/o temperatura corporal mayor a 37.5 °C, designar un área de estancia y aislamiento, dotarlas de un cubrebocas y remitirlas al domicilio particular y/o servicios médicos.
  • En caso de ser posible, colocar tapetes desinfectantes con concentraciones de hipoclorito de sodio de al menos 0.5%, asegurando que los mismos se encuentren limpios y con líquido desinfectante.
  • Establecer entradas y salidas exclusivas del personal, en caso de que se cuente con un solo acceso, este se deberá de dividir por barreras físicas a fin de contar con espacios específicos para el ingreso y salida del personal.
  • Promover que las personas trabajadoras no compartan herramientas de trabajo y/u objetos personales.
  • Establecer un programa de limpieza y mantenimiento permanente del centro de trabajo.
  • Establecer una política de control de visitas, proveedores y contratistas, con el fin de prevenir el riesgo de contagio originado en personas ajenas al centro de trabajo.
  • Implementar una política para el uso de las escaleras manteniendo la sana distancia, evitando tocar superficies como barandales para el tránsito dentro del centro laboral.
  • Protector facial o goggles o lentes de seguridad con protección lateral, superior e inferior de ojos.

Medidas de prevención de brotes en la empresa

Son acciones que se realizan cuando se sospecha o se sabe que existe una infección en el centro laboral con la finalidad de contenerla, y evitar la propagación del virus entre el personal. Entre estas están comprendidos los controles de acceso, la identificación del personal infectado y de su entorno, así como las acciones de aislamiento y desinfección.

  1. Enviar a casa al personal con síntomas de la enfermedad, en caso de que presente dificultad para respirar, se deberá remitir al centro de atención médica más cercano.
  2. Identificar a personas trabajadoras que hayan estado en contacto con una persona infectada o con sospecha de infección y enviarlos a casa.
  3. Evitar el retorno de personas trabajadoras enfermos sin contar con la evaluación médica pertinente.
  4. Llevar el registro y seguimiento del personal en resguardo domiciliario voluntario y evaluar posibles casos de contagio.
  5. Incentivar al personal con sospecha o confirmación de COVID-19 a cumplir con el resguardo domiciliario corresponsable

Políticas temporales para empresas
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