| TIPO DE ACTIVIDAD / ESTABLECIMIENTO |
ESCENARIO B |
| Industria Manufacturera, establecimientos industriales (toda la industria) |
Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricciones de horarios. |
| Farmacias, dispensarios médicos |
Abiertas de acuerdo con licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los diferentes rubros enlistados. Respetando los aforos de los “Supermercados y Tiendas de Conveniencia” |
| Centros Comerciales |
Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 22:00 horas, 30% de ocupación, una persona por familia. |
| Comercio en General y Prestación de Servicios Profesionales, incluye Servicios Financieros. |
Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 22:00 horas, 50% de ocupación, una persona por familia |
| Supermercados y tiendas de Conveniencia |
Cierre a las 22:00 horas con 30% de ocupación, una persona por familia |
| Restaurantes y/o Cafeterías, incluye restaurantes en viñedos. |
Hasta las 22:00 horas de lunes a sábado, con 50% de ocupación y los domingos hasta las 18:00 horas. |
Centros nocturnos: Casinos, cantinas y bares. |
Cierre a las 22:00 horas, con 30% de ocupación.
Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas.
Venta de Bebidas Alcohólicas: en envase cerrado o para consumo en el sitio (de acuerdo con la Licencia correspondiente) |
Hasta las 22:00 horas de lunes a sábado, los domingos
hasta las 18:00 horas.
| Hoteles y moteles |
50% de ocupación en habitaciones, 50% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos aforo al 30%, observando lineamientos de “Eventos masivos”. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros Nocturnos”, así como la “Venta de Bebidas Alcohólicas”. Excepto en domingo donde los centros de consumo serán única y exclusivamente para los huéspedes registrados. |
| Centros de entretenimiento: Cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades. |
Ocupación de 25%, apertura máxima hasta las 22:00 horas. |
| Centros Religiosos: iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etc. |
25% de ocupación |
Eventos masivos y centros recreativos: salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias. |
Prohibición de eventos masivos y/o sociales (bodas, bautizos, fiestas, etc.) mayores de 100 personas. Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5mts entre cada asistente, debiendo finalizar a las 22:00 horas, del día de su celebración.
Los conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias están suspendidos.
| Deportes profesionales |
Juego a puerta cerrada sin público |
| Deporte amateur de contacto (futbol, basquetbol, etc.) |
Se suspenden las actividades |
| Espacios deportivos abiertos y de natación. |
Ocupación a 50%, previa cita |
| Gimnasios, centros deportivos, spa y centros de masajes |
Ocupación a 50%, previa cita |
| Peluquerías, Estéticas y Barberías |
Ocupación a 50%, previa cita |
| Parques, plazas y espacios públicos abiertos |
Reducción de aforos a 50%. Uso obligatorio de cubreboca, incluye el transporte público. |
| Tours turísticos a pie por la ciudad al aire libre |
Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubreboca. |
| Recorridos Turísticos en el territorio estatal. |
Aforo máximo de 50% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubreboca |
La Secretaría de Salud estatal exhortó a las autoridades municipales a ejecutar las acciones jurídicas y administrativas necesarias, para la regulación de las actividades, como se precisa en la tabla anterior, con la finalidad de combatir la propagación de la enfermedad del COVID-19.
Las Unidades Especiales ANTI-COVID-19 podrán intervenir en la verificación del cumplimiento de las medidas de seguridad sanitarias previstas para el Escenario B.
Adicionalmente, el Comité Técnico de Salud propuso que todo espacio interior de establecimientos mercantiles, comerciales y centros de trabajo, deberá contar con ventilación natural y, en su caso, con sistemas de filtración y purificación que garantice recambio de aire limpio, continuo y permanente.
Los especialistas insistieron en que preferentemente debe evitarse la realización de reuniones, eventos sociales o celebraciones en domicilios particulares, a fin de evitar la propagación de la enfermedad.
Reiteraron que la utilización del cubreboca debe regirse por los principios de prevención y riesgo inminente, lo que implica que se debe portar sin excepción, salvo que resulte estrictamente necesario su retiro.
Durante la vigencia del presente Acuerdo, que será publicado en el Periódico Oficial, “La Sombra de Arteaga”, las dependencias, entidades y demás entes públicos deberán ponderar la realización de sus actividades, privilegiando el trabajo a distancia, sobre las presenciales, salvo aquellas que realicen actividades esenciales.
Se reitera a la población la importancia de actuar a tiempo para evitar llegar al hospital con una enfermedad avanzada; llamar a la línea de atención COVID, al teléfono 442 101 52 05 ante los primeros síntomas, a fin de recibir las recomendaciones del personal de salud, y mantenerse atenta a los signos de alarma como son la oxigenación baja –por debajo de 90%-, la frecuencia respiratoria rápida, la sensación de falta de aire, el dolor en el pecho, la fatiga al hablar o hacer esfuerzos.
https://admin.aldialogo.mx/queretaro/2021/02/12/unam-investiga-riesgo-volcanico-en-queretaro/
Finalmente se invita a la población a mantenerse atenta a los reportes que diariamente se publican en el micrositio de Gobierno del Estado -covid19.queretaro.gob.mx -, así como a los diferentes canales oficiales de comunicación.