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Defensoría de los Derechos Humanos emite recomendaciones por manifestación en 5 de Febrero

Defensoría de los Derechos Humanos emite recomendaciones por manifestación en 5 de Febrero/ Foto: Isai López
Defensoría de los Derechos Humanos emite recomendaciones por manifestación en 5 de Febrero/ Foto: Isai López

La DDHQ emitió una Recomendación a la Secretaría de Seguridad Ciudadana y a la Subsecretaría de Desarrollo Político y Social por la manifestación del 10 de junio de 2022

La Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro (DDHQ) emitió la Recomendación (254) 1/2023 a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) y a la subsecretaría de Desarrollo Político y Social de la Secretaría de Gobierno, ambos organismos del Poder Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Lo anterior “por la violación a los derechos humanos de reunión pacífica, libertad personal, integridad personal, legalidad y seguridad jurídica de las personas que acudieron el día 10 de junio de 2022 a la manifestación pacífica que se realizó en la avenida 5 de febrero de la ciudad de Querétaro”, indica el documento.

La DDHQ expuso que tras una exhaustiva investigación que incluyó nueve informes, 23 entrevistas y testimoniales, el desahogo de 30 videos y 12 fotografías, así como inspecciones y acompañamientos diversos, la Defensoría concluyó que “la Subsecretaría de Desarrollo Político y Social omitió entablar un diálogo abierto, incluyente y fructífero con los manifestantes, antes y durante su desarrollo, con la finalidad de recibir, escuchar, atender y dar respuesta conforme a la ley a sus peticiones, así como por no haber cumplido con su obligación constitucional de respetar, proteger y garantizar, el derecho humano de reunión pacífica”.

Acreditó que la SSC omitió promover un entorno propicio para el desarrollo de la manifestación pacífica, además de que hicieron uso de la fuerza pública en contra de ésta, efectuando la detención de tres personas, quienes se encontraban en ejercicio de dicha prerrogativa.

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La DHHQ emitió las siguientes recomendaciones a la Subsecretaría de Desarrollo Político y Social:

  1. Elaborar, aprobar e implementar un protocolo en el cual se establezcan los lineamientos y directrices a seguir durante las manifestaciones o protestas que se realicen en el Estado de Querétaro, mismo que deberá ajustarse a los parámetros existentes en materia de derechos humanos y que permitan como mínimo: prevenir, delimitar, coordinar, controlar y sancionar de manera efectiva sus actos u omisiones.
  2. Iniciar ante el Órgano Interno de Control las investigaciones conducentes con el objeto de que se deslinden las responsabilidades respectivas y, en su caso, se determinen las sanciones correspondientes en un tiempo oportuno.
  3. Diseñar e impartir un curso integral dirigido a todo su personal, específicamente sobre los siguientes temas: diálogo y mediación en las manifestaciones, la importancia de las manifestaciones y protestas en un Estado de Derecho, mecanismos de diálogo y concertación política durante el desarrollo de manifestaciones.

Para la SSC son las siguientes:

  1. Elaborar, aprobar e implementar lineamientos, enfocados en asegurar la protección de quienes participen en manifestaciones o protestas pacíficas, y en el cual se establezca de manera clara la cadena de mando y atención para este tipo de eventos, a fin de prevenir, delimitar, controlar y sancionar de manera efectiva sus actos u omisiones, ello acorde con los protocolos en la materia, así como a los parámetros nacionales e internacionales en materia de derechos humanos.
  2. Iniciar ante el Órgano Interno de Control las investigaciones conducentes, con el objeto de que se deslinden las responsabilidades respectivas y, en su caso, se determinen las sanciones correspondientes en un tiempo oportuno.
  3.  Diseñar e impartir un curso integral dirigido a todo su personal, específicamente sobre los siguientes temas: la importancia de las manifestaciones y protestas en un Estado de Derecho, programas de capacitación en derechos humanos para las fuerzas policiales, que incluyan el uso de la fuerza durante las protestas, así como el deber de respetar y apegarse a los principios que rigen el servicio público. “Una vez recibido el documento, las autoridades responsables tienen 15 días naturales para notificar a este órgano protector de los derechos humanos si aceptan los términos de las recomendaciones emitidas”, informó la DDHQ.
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