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Entra en vigor la llamada ley del agua en Querétaro

Entra en vigor la llamada ley del agua en Querétaro
Entra en vigor la llamada ley del agua en Querétaro

El documento fue publicado este 9 de abril en la Sombra de Arteaga tras aprobarse en pleno del Congreso

Estrella Álvarez

Ya se oficializó en el periódico Oficial La Sombra de Arteaga, al publicar las reformas a Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro, en el que se establecen acciones para dotar de agua potable al estado.

Lo anterior, a unas horas de que se aprobara en el pleno del Congreso, por lo que el mismo 9 de abril, ya entrara en vigor las diversas modificaciones para establecer acciones en materia de planeación y distribución del servicio.

Se destaca en el artículo 11 que, la planificación y programación hídrica en el Estado es de carácter obligatorio para la gestión integrada de los recursos hídricos e incluirá su control y evaluación, que comprenderá el establecer el Programa Hídrico Estatal que será diseñado con la integración del análisis de las condiciones particulares de las zonas, cobertura, población e infraestructura requerida en la Entidad, para brindar los servicios regulados por esta Ley.

“El Programa Hídrico Estatal tendrá una vigencia de cinco años, y deberá estar alineado al Plan Estatal de Desarrollo y al Programa Nacional Hídrico, sin que pueda exceder del período de la administración estatal. El Programa podrá ser sujeto a revisión planteada por la Comisión, cuando se presente alguna situación contingente, de caso fortuito o fuerza mayor, que impacte en las previsiones, estrategias y acciones previstas en dicho instrumento”.

Además, establece el promover la participación efectiva de los sectores social, privado y grupos en situación de vulnerabilidad en la entidad, para lo cual, la Comisión convocará desde las etapas iniciales del proceso de construcción del Programa a mesas, grupos de trabajo, comités técnicos especializados y regionales con los diferentes sectores, instituciones académicas y especialistas, así como fomentar el apoyo en la conformación, consolidación, y operación, de grupos intersectoriales; quienes podrán formular propuestas y opiniones para construir políticas y directrices en la planificación y programación hídrica, y en su caso, emitir análisis en la materia.

Puedes leer: Promoverán cuidado del agua tras aprobación de ley en Querétaro

Agua en Querétaro: limitaciones

Mientras que en parte del artículo 74, destaca que, en el caso de limitación del servicio de agua potable a los usuarios domésticos, se garantizará el servicio de suministro continuo para necesidades básicas, considerando por lo menos 50 litros al día por persona, cuya dotación será proporcionada por el prestador de los servicios, mediante porteo y demás mecanismos conforme a la capacidad técnica y operativa que permita garantizar el suministro de agua en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.

“En el supuesto de que la limitación del servicio sea por causas imputables al usuario, se podrán cobrar los costos administrativos de reconexión del servicio”.

Con posicionamientos a favor de legisladores de Acción Nacional (PAN) y en contra de Movimiento Regeneración Nacional (Morena), se aprobó el dictamen que recién fue avalado el 4 de abril en sesión de la Comisión de desarrollo urbano y Obras Públicas.

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