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¿Puedo poner mi propio tope? Esto dice la ley en Querétaro

Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro dice que, de colocar un tope sin el permiso correspondiente, podrías ser acreedor a una multa o prisión administrativa / Foto: Freepick
Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro dice que, de colocar un tope sin el permiso correspondiente, podrías ser acreedor a una multa o prisión administrativa / Foto: Freepick

¿Puedo poner mi propio tope? Esto es lo que dice el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro

Es común encontrarse con automovilistas que no respetan el límite de velocidad dentro de la ciudad, sobre todo dentro de las colonias, en donde muchas personas, buscando que reduzcan su velocidad, llegan a la pregunta, ¿puedo poner mi propio tope?

Aunque la solución pudiera parecer simple, no lo es, pues muchos estados y municipios está prohibida la instalación o colocación de artefactos que puedan afectar o entorpecer la vialidad.

Si bien un tope podría ser una forma de evitar que un conductor a alta velocidad pueda representar un riesgo para los transeúntes y animales que caminen sobre la acera, se debe consultar con las autoridades correspondientes una solución, pero, ¿Qué dice la ley en Querétaro?

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¿Qué dice la ley de Querétaro sobre si puedo poner mi propio tope?

Un tope es una buena forma de deshacerse de los conductores molestos, pero, ¿puedo ponerlo por mi mismo, cuando yo quiera?, de acuerdo con el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro, hacerlo sin permiso podría, incluso, llevarte a prisión.

En el capítulo II ‘Prohibiciones Generales’, se estípula en fracción III que queda prohibido:

“Colocar, instalar, arrojar o abandonar objetos o residuos que puedan entorpecer la libre circulación de peatones y vehículos”.

Mientras que en la fracción VII:

“Instalar dispositivos para el control del tránsito que obstaculicen o afecten la vía, a menos que se cuente con la autorización debida o se trate de mecanismos o artefactos colocados momentáneamente para facilitar el ascenso o descenso de las personas con discapacidad o señalamientos de advertencia de hechos de tránsito o emergencias”.

¿Qué pasa si infrinjo dichas fracciones?

Según el Reglamento para la Movilidad y el Tránsito del Municipio de Querétaro, de cometer una falta a alguna de estas fracciones, puedes recibir una multa económica de 21 a 30 UMA, y de 12 a 36 horas de arresto administrativo.

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