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¿Qué gastos son deducibles ante el SAT para la declaración anual?

Este primero de abril inició el periodo para presentar la declaración anual 2022 ante el SAT. / Foto: Víctor Xochipa
Este primero de abril inició el periodo para presentar la declaración anual 2022 ante el SAT. / Foto: Víctor Xochipa

Si eres persona física, en tu Declaración Anual tienes derecho a presentar las siguientes deducciones personales

Este primero de abril inició el periodo para que las personas físicas puedan presentar la declaración anual 2022 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Qué son las deducciones personales?

Son los gastos que como contribuyente tienes derecho a disminuir de tus ingresos acumulables en la Declaración Anual del ejercicio.

Es importante mencionar que la declaración debe de ser presentada ante el SAT por las personas físicas que tengan ingresos superiores a los 400 mil pesos, aquí se incluye a los asalariados aunque sea por nómina.

¿Qué gastos son deducibles ante el SAT para la declaración anual?

Las y los contribuyentes podrán deducir diferentes tipos de gastos que hayan ocurrido a lo largo del año fiscal, tales como:

Salud

  • Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales
  • Medicinas
  • Estudios médicos y prótesis
  • Lentes de graduación
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.

De acuerdo al SAT, estos gastos serán deducibles cuando hayan sido efectuados para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y nietos.

Educación

Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios. Desde nivel preescolar hasta bachillerato, por los montos:

  • Preescolar: 14 mil 200 pesos.
  • Primaria: 12 mil 900 pesos.
  • Secundaria: 19 mil 900 pesos.
  • Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
  • Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.

Otros

  • Gastos funerarios de tu cónyuge o concubino/a, así como para tus padres, abuelos, hijos y nietos
  • Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a tu casa habitación, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras, y siempre que el crédito otorgado no exceda de setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
  • Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos.
  • Aportaciones complementarias de retiro realizadas en la subcuenta de aportaciones voluntarias de tus planes personales de retiro (Afore).
  • El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.

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