Una de las temporadas más esperadas por los mexicanos es, sin duda, la Semana Santa, pues es durante estos días que se presenta un descanso que se aprovecha para visitar las playas debido a las altas temperaturas que acompañan la temporada.
No obstante, este lapso de descanso no es para todos, pues algunos trabajadores no tendrán la oportunidad de disfrutar de estos días, por lo que surge la pregunta si obtendrán un pago extra en su sueldo.
Esto, ya que, de acuerdo a lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo en México, es obligación de los patrones pagar el doble los días de descanso obligatorio que laboren sus empleados.
Como ya es bien sabido, la pascua de resurrección inicia con el Domingo de Ramos, día que en el calendario del 2024 marca que será el próximo 24 de marzo y culminará con el Domingo de Resurrección, el cual será el 31 del mismo mes.
24 de marzo, Domingo de Ramos.
25 de marzo, Lunes Santo.
26 de marzo, Martes Santo.
27 de marzo, Miércoles Santo.
28 de marzo, Jueves Santo.
29 de marzo, Viernes Santo.
30 de marzo, Sábado Santo.
31 de marzo, Domino de Resurrección.
¿Se paga doble si trabajo estos días?
En el calendario oficial, vienen marcados los días de asueto para los trabajadores, sin embargo, la fecha de Semana Santa no vienen establecidos como descanso obligatorio, por lo que las empresas no tienen la obligación de darlos a sus empleados.
Esto quiere decir pues que ninguno de los días de la pascua es considerado feriado por la Ley Federal del Trabajo, por lo que la respuesta a si pagarán doble esos días de labores es NO. Se pagará normal.