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Capital

A favor de personas confinadas, darán atención a víctimas

A favor de personas confinadas, darán atención a víctimas
3 millones 139 mil personas han sido infectadas con COVID-19
Las personas confinadas en la Unidad Médica de Aislamiento tendrán asesoría jurídica, psicológica, médica y de trabajo social
Fernanda Orozco
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27 de abril 2020

Las personas confinadas en la Unidad Médica de Aislamiento tendrán asesoría jurídica, psicológica, médica y de trabajo social

Gonzalo Flores

Las personas confinadas en la Unidad Médica de Aislamiento (UMA 1) tendrán derecho a ser atendidos durante la contingencia sanitaria, así lo informó la Secretaría de Seguridad Ciudadana que publicó en la Sombra de Arteaga los lineamientos para la prestación de los servicios a cargo de la Comisión Estatal de Atención a Víctimas  a su favor.

El acuerdo se emite para continuar con el cumplimiento de las atribuciones establecidas para la Comisión Estatal de Atención Integral de Víctimas, entre las cuales se encuentra brindar las atenciones requeridas en los casos particulares de víctimas, por lo que resulta necesario establecer las medidas necesarias para la atención de las víctimas que se encuentren en aislamiento en la UMA-1.

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El objetivo de estos lineamientos son prestar los servicios de asesoría jurídica, y atención inmediata en materia de psicología, medicina y trabajo social a las personas confinadas en la Unidad Médica de Aislamiento 1 (UMA cuya calidad de víctima sea a consecuencia de la comisión de un delito.

En ese sentido, la atención de las víctimas del delito confinadas en la UMA1 se podrá realizar de dos formas: a través de la vía remota, por medio de medios electrónicos mediante videoconferencia en tiempo real, o la forma presencial donde una Unidad Móvil destinada para la atención a víctimas adaptada con mecanismos de seguridad y salubridad para evitar cualquier situación que atente contra la integridad de las personas, así como el contagio del virus Covid-19.

La atención a las víctimas se llevará a cabo preferentemente de forma remota y excepcionalmente de forma presencial. El titular de la Comisión atendiendo a la urgencia, naturaleza y particularidades del caso, valorará y determinará la atención a las víctimas de forma presencial tomando en cuenta las disposiciones sanitarias emitidas por la Secretaría de Salud del Poder Ejecutivo y demás autoridades competentes en la materia.

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El personal de la Comisión Estatal solo podrá llevar a cabo la atención a víctimas en los espacios, con las medidas de seguridad y con la tecnología autorizada para ello. Además, en caso de atención presencial deben utilizar en todo momento las medidas sanitarias necesarias y será obligatorio cuando se traslade a alguien a la UMA1.

Del mismo modo, los lineamientos entran en vigor un día después de su publicación y durante el tiempo que dure la contingencia sanitaria.

GMCS

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