“El Pleno de este organismo jurídico invalidó los preceptos del Código Penal para el Estado de Querétaro reformados mediante decreto publicado el 27 de mayo de 2022 en el artículo 155, párrafo primero, el cual preveía penas para quien causara una alteración psicológica o emocional que afectara las actividades cotidianas de una persona, por manifestaciones que pudieran producir cualquier daño a su persona, bienes, familia o con quien tuviera vínculo de amistad, amor u otra relación de afecto”.