Este jueves 19 de diciembre se publicó, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia del derecho al descanso durante la jornada laboral; mejor conocida como Ley Silla. La cual, entrará en vigor el siguiente año y reconoce el derecho que las y los trabajadores tienen a descansar en un asiento con respaldo durante su jornada laboral.
Además, es de mencionar que esta ley se aprobó el 2 de octubre en la Cámara de Diputados, el 4 de diciembre se aprobó en la Cámara de Senadores y hoy se públicó en el DOF, por lo que entrará en vigor en 180 días naturales. Lo cual, se contempla en los artículos transitorios.
La Ley Silla obliga a las personas empleadoras a que pongan a disposición de sus empleadas y empleados las suficientes sillas o asientos con respaldo, para que puedan usarlas durante el cumplimiento de sus funciones o bien, para un descanso períodico durante su jornada de trabajo.
En cuanto al rubro del descanso períodico, estos asientos deberán ubicarse en un área específica, la cual, se desginará dentro de las instalaciones del trabajo. En el caso de los establecimientos industriales, se colocarán si la narturaleza del trabajo lo permite. Asimismo, se establece que el reglamento interno de los centros laborales debe indicar puntualmente, los períodos de descanso obligatorio.
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Uno de los puntos a resaltar es que las personas empleadoras no podrán obligar a las personas trabajadoras a que permanezcan de pie durante la totalidad del horario de trabajo; tampoco les pueden prohibir sentarse durante este tiempo, ya que es su derecho.