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Municipio de San Juan del Río

Empresa será sancionada por verter aguas contaminadas en San Juan del Río

Empresa será sancionada por verter aguas contaminadas en San Juan del Río
Sanción en proceso por contaminación en zona oriente de San Juan del Río / Foto: Especial
La JAPAM sancionará a una empresa del sector alimenticio en San Juan del Río por verter aguas contaminadas a cielo abierto sin notificación previa
Andrea Torres
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18 de junio 2025

La Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (JAPAM) actuó tras detectar una descarga ilegal de aguas residuales en San Juan del Río.

La acción refuerza su compromiso ambiental y de salud pública. La empresa involucrada enfrentará un procedimiento sancionador conforme a la normativa vigente.

Verifican descarga de aguas contaminadas en San Juan del Río

La Junta de Agua Potable y Alcantarillado Municipal (JAPAM), obtuvo los resultados del laboratorio sobre la descarga de agua que se vertió a cielo abierto en la zona oriente del municipio de San Juan del Río.

El reporte se dio el pasado lunes 16 de junio, por lo que se inició el procedimiento sancionador conforme lo marca la normativa sobre la operatividad industrial sobre las descargas residuales.

El organismo informó que dando atención a esta denuncia, y dando cumplimiento al compromiso de trabajar en pro del medio ambiente y protección a la salud pública, de inmediato se realizó una visita de verificación, en la cual se constató que el registro final de descarga de una empresa del sector alimenticio emanaba aguas de color naranja, las cuales se dispersaban directamente a cielo abierto.

Inician procedimiento y limitan el drenaje

Personal del Departamento de Control de Descargas inició con el procedimiento correspondiente, dado que la empresa omitió notificar a la JAPAM sobre el incidente, a pesar de que ello constituye una obligación establecida en las condiciones generales de su Permiso de Descarga 2025.

La dependencia dio a conocer que al tomar conocimiento del hecho, se limitó el uso del drenaje como medida preventiva de seguridad sanitaria, esto de conformidad con lo previsto por la Ley que Regula la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Querétaro, particularmente en sus artículos 88 fracciones II y VIII, 193 fracción II y 194 fracción II, en relación con lo establecido en los numerales 1, 2, 3 y del 87 al 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro.

«Una vez concluido el procedimiento administrativo en referencia y agotado el derecho de audiencia de la empresa verificada/inspeccionada, se determinará la procedencia de la sanción económica correspondiente, así como de las medidas correctivas a que haya lugar, conforme a la normatividad aplicable y respetando las garantías de legalidad y debido proceso», se informó.

Con información de Jena Guzmán

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