Adicionalmente, dentro de las obligaciones de los constructores (que sólo aplican para este sector) está presentar, para cada obra, avisos de inicio y terminación de las mismas lo que da al Instituto la oportunidad de revisarlas en tiempo real, eso sí, estas obligaciones vienen con un derecho para los patrones, cuando el constructor presenta su aviso de terminación de obra el IMSS sólo tiene 90 días adicionales para requerirle información a fin de cerciorarse del correcto cumplimiento de sus obligaciones, de no hacerlo, se presumirá que el patrón cumplió con las disposiciones de la Ley y sus reglamentos (Art. 12-A, último párrafo, Reglamento de la Construcción).