Como todos los años, el mes de abril es cuando debemos hacer nuestra declaración anual como personas físicas y conocer ciertas bases ayudarán a que podamos cumplir con esta obligación en tiempo y principalmente en forma.
El año pasado se estimó con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo que el 59.6% de las personas económicamente activas en México son asalariadas. Cuando se tributa bajo este régimen, el empleador está obligado a hacer retenciones a los salarios que otorgan y pagarlas por parte del trabajador al Servicio de Administración Tributaria (SAT). Sin embargo, para la declaración anual, el trabajador deberá o podrá hacer su declaración dependiendo de las circunstancias que aplique a cada caso específico.
Los trabajadores tienen la obligación de presentar su declaración anual cuando: reciban ingresos por otro régimen fiscal, lo comuniquen a su patrón por escrito, dejen de trabajar antes del 31 de diciembre o se tengan 2 patrones de manera simultánea, obtenga ingresos en el extranjero o cuando ganen más de 400 mil pesos en el año.
Conviene hacer la declaración anual cuando no se ha trabajado todo el año calendario completo, esto debido a que el cálculo de las retenciones de sueldo se hacen con una tarifa equivalente para que si se trabajan los 12 meses, no se tenga que hacer ajuste, pero si se trabaja una menor cantidad de meses y el cálculo anual hace una tarifa, el impuesto a cargo anual que se determina resulta ser menor al que se estuvo reteniendo y por lo tanto, el trabajador obtiene un saldo a favor.
El mismo caso aplicará cuando se obtengan bonos o utilidades, ya que desvirtúan los cálculos mensuales y de momento (aunque no todas las veces) se retienen más impuestos y generan saldo a favor. Será importante contar con su contraseña (antes CIEC) por lo menos y si el saldo a favor supera los 10 mil pesos, se deberá contar con E.firma (Firma Electrónica Avanzada).
En caso de tener dudas es recomendable acercarse a un especialista o también el SAT ofrece servicios de asesoría gratuita por teléfono o en sus oficinas de atención al contribuyente.