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14 de agosto 2025

Sergio Arellano/Asesor en derechos humanos

@siarellano5

En el ejercicio de la abogacía tenemos un deber de notoria importancia dado que nuestros defendidos pueden ser afectados por una mal praxis, lo que eventualmente vulnera derechos fundamentales.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, analizó el asunto de una persona que supuestamente se opuso a la práctica de un examen conforme  al Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, conocido como Protocolo de Estambul, lo cual resulta contradictorio porque en el curso del juicio penal manifestó actos de tortura para efectos de que se considerará esta condición en la sentencia definitiva; sin embargo, la defensa que tenía en ese momento, se pronunció en contra de lo que hubiera sido una prueba idonea para demostrar su dicho.

Así las cosas y una vez agotadas las instancias, el alto tribunal mexicano estableció que la renuncia a los exámenes médicos, psicológicos y legales que tengan por objetivo esclarecer determinada cuestión relacionada con un menoscabo a la dignidad, tiene que otorgarse con pleno conocimiento de causa, es decir, estar informados de los alcances legales que implica prescindir de tales evaluaciones que pueden ser determinantes.

Como verá, estimada o estimado lector, el gremio jurídico tiene mucho que aportar y a la vez, capacitarse, en vías de adquirir las herramientas necesarias para el desempeño de su actividad; la vida, el patrimonio, la familia, entre otras cuestiones, no se deben de tratar con  frivolidad.

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