En la actualidad suele ser sencillo determinar que es una persona y los alcances legales que conlleva. Sin embargo, la complejidad aumenta cuando entramos al estudio de las personas no humanas o las personas jurídicas, toda vez que existen derechos humanos que podemos atribuir a cada una de estas figuras. Sin inmiscuirnos en ese debate, estimada o estimado lector, veremos que el término “persona” no ha sido entendido de la misma forma a través de los años.
Por ejemplo, en tiempos de la conquista española en nuestro país, los indígenas eran tratados de forma cruel e insensible como se hace constar en las amplias exigencias de Fray Bartolomé de las Casas quien fue un arduo defensor de la dignidad de los pueblos originarios. En aquel entonces, en escenarios como la famosa: Controversia de Valladolid, los españoles discutían acerca del reconocimiento del alma en las comunidades indígenas. Su razonamiento era que carecían de inteligencia, combativos y necesitaban ser adiestrados porque su concepción global era limitada.
Además, traían a colación el pensamiento aristotélico en donde los virtuosos eran los “jurídicamente protegidos” dada su posición social. Como podemos apreciar, el análisis de los derechos fundamentales y su progresividad es sumamente interesante, sin mencionar, que en algunos rincones del mundo tiene cabida la esclavitud, así como una serie de violaciones a los derechos fundamentales.
En suma, lo que conocemos como “persona” merece una profunda reflexión puesto que no hemos logrado la igualdad en su justa dimensión.