Sergio Arellano/Asesor en derechos humanos
@siarellano5
A la fecha, la abogacía, tiene una amplia gama de elementos argumentativos para la representación de sus clientes. Desde la pura interpretación de la legislación hasta los criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Sin embargo, ha sido considerablemente discutido el hecho de que no solo debe aplicarse la norma escrita sino todas aquellas herramientas que permitan una defensa con enfoque pro persona. Así las cosas, estimada o estimado lector, ante una controversia legal que puede sucederle a quien sea, es imprescindible que el defensor/a conozca profundamente de la dogmática, doctrina y derecho internacional que envuelve a su caso.
En efecto, existen documentos internacionales que no son considerados vinculantes tales como las relatorías o las opiniones consultivas de ciertas instancias como la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, respectivamente, así como las Naciones Unidas; no obstante, su contenido es sumamente valioso para la aclaración de interrogantes relacionadas con los alcances de los derechos fundamentales en temas como infancias, migración, discapacidad, entre otras.
Adicionalmente, todas aquellas disposiciones tendientes a salvaguardar la dignidad humana, ratificadas o no, constituyen una observancia obligatoria puesto que su finalidad es relevante para el mundo del derecho. En suma, la frase popular que dice: “un título en derecho no se le niega a nadie” se desmiente en la práctica, toda vez que el verdadero profesionista es quien domina a la perfección estos tips, no el que ostenta una cédula profesional, por ello la importancia de actualizarse constantemente y actuar con diligencia en favor de los justiciables.