Sergio Arellano/Asesor en derechos humanos
@siarellano5
En publicaciones anteriores hemos analizado los casos en donde México ha adquirido responsabilidad internacional a través de las determinaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sin embargo, ¿qué sucede en otras instancias? ha trascendido el inicio de un proceso ante el Comité de Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas con la finalidad de determinar si en México, las desapariciones ocurren de manera generalizada o sistemática.
Por primera vez en su historia, fue invocado el artículo 34 de la Convención que a la letra dice: … “si el Comité recibe información que, a su juicio contiene inicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado parte, y tras haber solicitado del Estado parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter de urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas por medio del Secretario General de las Naciones Unidas”.
Lo anterior se sustenta en que, nuestro país, registra 134 mil personas desaparecidas y no localizadas, y que ocupa el primer lugar en Acciones Urgentes sobre desapariciones forzadas.
Tras esta determinación, el Estado mexicano se pronunció en contra de esta medida, negando una vez más la realidad que vivimos; la inseguridad y la ingobernabilidad que impera no se puede ocultar. Así las cosas, estimada o estimado lector, la desaparición es un fenómeno que sucede y afecta a millones de mexicanos que no han obtenido justicia, esperemos que la intervención de la ONU sirva para comprender en su justa dimensión, el problema social que enfrentamos.