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Querétaro, sin deuda en justicia para adolescentes: Mariela Ponce

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Querétaro, sin deuda en justicia para adolescentes: Mariela Ponce

El Poder Judicial de Querétaro le apuesta a la cooperación con las dependencias estatales para reinsertar a los adolescentes en la sociedad, afirmó en exclusiva la magistrada Mariela Ponce Carlos Perusquía La magistrada Mariela Ponce Villa descartó que en Querétaro exista una deuda de impartición de justicia con los adolescentes, pues reconoció que la entidad … Leer más

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7 de mayo 2021

El Poder Judicial de Querétaro le apuesta a la cooperación con las dependencias estatales para reinsertar a los adolescentes en la sociedad, afirmó en exclusiva la magistrada Mariela Ponce

Carlos Perusquía

La magistrada Mariela Ponce Villa descartó que en Querétaro exista una deuda de impartición de justicia con los adolescentes, pues reconoció que la entidad ha sido referente en la materia a tal grado que el Poder Judicial local ha impartido capacitaciones en otros estados del país.

“El sistema de impartición de justicia para adolescentes debe servir para rescatarlos de su problemática que tienen; un adolescente siempre delinque por razones muy distintas a por las cuales las hace una persona adulta”, afirmó a AM de Querétaro la integrante del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la entidad.

En este sentido, la pionera de los juicios orales compartió que al observar las estadísticas de la Fiscalía, los daños y las lesiones son los delitos que más cometen los menores de edad en Querétaro.

Sin embargo, aclaró que al momento de revisar la información en los juzgados sobre este sector de la población, el crimen que aparece en primer lugar es el robo. Esta diferencia en los datos se debe a que las conductas delictivas menores se pueden solucionar en la Fiscalía, llegar a acuerdos para reparar los daños cometidos y evitar la judicialización del caso; es decir, que ya no se lleve al adolescente a una sala de audiencias frente a un juez para que le formulen acusaciones, explicó Ponce Villa. Esto último, dijo, solo aplica en casos extremos como violación, homicidio, secuestro y robo con violencia. “(La justicia para adolescentes) no solamente se trata de llevarlos a un procedimiento penal, sino a la par que eso sirva para detectar su problemática, porque lo que el sistema quiere es dos cosas: evitar que vuelvan a cometer un delito, y dos, formar ciudadanía responsable”, subrayó.

 

 

COOPERACIÓN INSTITUCIONAL

La presidenta de la Sala Especializada en Justicia para Adolescentes del TSJ señaló que la apuesta de Querétaro en la materia es el trabajo cooperativo entre el Poder Judicial local y las dependencias del Gobierno estatal para evitar que los menores de edad recaigan en conductas delictivas.

“Si nosotros como juzgadores detectamos que el chico tiene 17 años y llegó hasta el segundo de primaria, nosotros tenemos relación con las autoridades como dice la ley -autoridades corresponsables del Estado- para canalizar al adolescente o a sus padres y cubrir esa necesidad que está presentando”, explicó.

Del caso de este menor de edad, ilustró que se le encauzaría con la Secretaría de Educación Pública para que lo ubique en una institución cercana a su domicilio y continúe con sus estudios. Otro caso que ejemplificó fue el de un adolescente de 16 años de edad al que se le había violentado su derecho a la identidad; por consiguiente, agregó, se le orientó a su familia al Registro Civil. También compartió la situación de un chico con problemas de drogas, a quien se le dirigió a la secretaría de Salud.

Asimismo, cuando el menor de edad cumple con su tiempo de internamiento –el equivalente de la prisión para los adultos- también hay que canalizarlo con la Secretaría estatal que corresponda para reinsertarlo en la sociedad de manera productiva, declaró la magistrada.

 

 

EVOLUCIÓN DE LA JUSTICIA JUVENIL

●Antes se consideraba que los menores de 18 años de edad no tenían capacidad de comprender y entender lo que hacían.

●Se reforma la Constitución en 2005. La justicia para adolescentes pasa a ser de conocimiento del Poder Judicial.

●Las entidades diferían en la edad a la que se podía ingresar al sistema penal de adolescentes; en unas era a los 16 años y en otras a los 17. Sin embargo, con la reforma se unificó en 12 años para todos los estados.

●En 2011 se introdujeron los derechos fundamentales y el debido proceso en justicia para menores de edad.

●En 2015 se empataron conceptos con la justicia para adultos y se facultó al Congreso de la Unión para que fuera el único que expidiera leyes en la materia. Antes lo hacían los poderes legislativos locales.

●En 2016 se expidió la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, que actualmente rige para las entidades

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