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Siete acciones para prevenir la violencia laboral

La impunidad rodea este problema, ya que el 90% de los casos no se denuncian por miedo a represalias o estigmatización.
La impunidad rodea este problema, ya que el 90% de los casos no se denuncian por miedo a represalias o estigmatización.

La Reforma Laboral establece la obligación patronal para implementar un protocolo para prevenir la discriminación y la violencia laboral

El 26.6% de las mujeres que trabajan o trabajaron han experimentado algún tipo de violencia laboral.

La violencia laboral se manifiesta principalmente como acoso sexual y hostigamiento sexual, y acoso laboral.

Este tipo de violencia no solo menoscaba la integridad de las víctimas, sino que también socava la productividad y el bienestar general en el ámbito laboral.

El acoso laboral puede adoptar diversas formas: desde comentarios inapropiados hasta discriminación salarial y avances no deseados.

Además, la impunidad rodea este problema, ya que el 90% de los casos no se denuncian por miedo a represalias o estigmatización.

Las mujeres que lo sufren experimentan ansiedad, depresión, baja autoestima e incluso enfermedades físicas.

Es urgente que las empresas implementen medidas para prevenir y atender el acoso laboral contra las mujeres.

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Los protocolos deben incluir canales de denuncia confidenciales, capacitación obligatoria sobre igualdad de género y una política de tolerancia cero hacia el acoso.

El acoso laboral es un problema grave que afecta a miles de mujeres en México. 

Medidas preventivas que deben implementar las empresas para prevenir la violencia laboral

  • Capacitación: Implementar programas de formación para sensibilizar al personal sobre la violencia laboral y el acoso sexual.
  • Políticas claras: Crear políticas y protocolos claros para prevenir y atender el acoso laboral, incluyendo mecanismos de denuncia confidenciales.
  • Cultura de respeto: Fomentar una cultura de respeto e igualdad en el trabajo, donde no se tolere la discriminación ni el acoso.
  • Protocolos: Las empresas deben contar con protocolos para atender casos de acoso laboral:
  • Recepción de la denuncia
  • Investigación
  • Sanciones

Empresas deben implementar protocolos

La Reforma Laboral del 1 de mayo de 2019 establece la obligación patronal para implementar, en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atención de casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual.

¿Qué dice la ley?

El artículo 3 Bis de la Ley Federal del Trabajo (LFT) define:

  1. Hostigamiento, el ejercicio del poder en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en el ámbito laboral, que se expresa en conductas verbales, físicas o ambas; y
  2. Acoso sexual, una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo del poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

¿Dónde denunciar?

El acoso laboral lo puedes denunciar ante la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) o ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

De las mujeres que han vivido violencia laboral

  • 73% ha sido abusadas sexual, de las cuales, al…
  • 88% la han manoseado, tocado, besado o se le han arrimado, recargado o encimado sin su consentimiento.
  • 27% alguien le mostró sus genitales o se los tocó frente a ella.
  • 5% ha sido obligada a mirar escenas de actos sexuales o pornográficos, ya sea en fotos, revistas, videos o películas pornográficas

FUENTES:

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