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Emiten amparo contra la reforma judicial

Emiten amparo contra la reforma judicial

Emiten amparo contra la reforma judicial/Foto: Cuartoscuro

Dos jueces promovieron un recurso de suspensión provisional para discutir, en el Congreso, el dictamen que reforma al Poder Judicial

Miguel Tierrafria
|
1 de septiembre 2024

Miguel Tierrafría

En el marco de la apertura del primer periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, dos jueces presentaron un recurso jurídico para suspender la discusión de la reforma judicial.

La primera suspensión se presentó por parte de una jueza en Cuernavaca, Morelos, en la que una de las pruebas que plantean es que “de aprobarse la reforma constitucional materia del proyecto que se mantiene en resguardo en la Mesa Directiva de la legislatura actual, serían separados de sus cargos sin procedimiento previo ni derecho de audiencia, con las consecuencias jurídicas, laborales, psicológicas y económicas a que hacen referencia en forma puntual en la demanda”.

Por ello, se solicitó que, como medida cautelar el “Dictamen de reforma Constitucional en materia judicial aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales no sea sujeto de discusión ni votación por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, ni mucho menos, de ser el caso, se turne al ejecutivo para ser sancionado (momento en que podrá hacer uso del derecho de veto) y promulgado”.

Por su parte, un juez en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, en su argumentación para solicitar la suspensión, plantea que, “en el proyecto de reforma que se reclama, se prevé la terminación en el encargo de los jueces de distrito, sin contemplar la posibilidad de que estos sean oídos y vencidos en juicio de manera previa al acto privativo, y además, de promulgarse el decreto respectivo, no existe la posibilidad de cuestionar la constitucionalidad de dicho acto”.

En tanto, el diputado federal y presidente de la Junta de Coordinación Política del Congreso indicó, a través de su cuenta de X, que “es inadmisible e improcedente toda resolución de cualquier juez o autoridad sobre el desempeño constitucional jurídico del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, que violente la Constitución y el principio de legalidad, e invada facultades y funciones del Legislativo”.

Asimismo, argumentó que, de acuerdo al artículo 61 de la Ley de Amparo, en su fracción I, establece que el juicio de amparo es improcedente contra adiciones de reformas a la Constitución, por lo que los amparos presentados por los jueces, indicó, no pueden ser materia de impugnación.

Hoy, el pleno del Congreso de la Unión iniciará los trabajos legislativos.

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