El aguinaldo es un derecho que tienen todos los trabajadores en México; así lo establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) en el artículo 87. Los empleados tienen derecho a recibir la prestación anualmente, antes del 20 de diciembre; el cual debe ser equivalente a 15 días de salario como mínimo.
Cabe señalar que aquellos trabajadores que no tengan un año de servicio cumplido, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha límite; tienen derecho a que se les pague una parte proporcional, según el tiempo que hayan prestado sus servicios.
Ahora bien, ¿qué sucede con las personas que trabajan por honorarios?
¿Me toca aguinaldo si trabajo como freelancer?
Los empleados contratados por honorarios o freelance, deben tomar en cuenta que sí existe una posibilidad de recibir aguinaldo; siempre y cuando se establezca una relación de subordinación.
En otras palabras, en la que se reporte con un patrón y se cubra un horario de ocho horas; si estas condiciones no se cumplen, no habrá respaldo de la ley para solicitar la prestación.
“Siempre que exista una relación laboral de subordinación comprobable, la o el patrón debe cubrir determinada cuota a la o el trabajador”, explica la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajador (PROFEDET).
De igual manera, si tienes dudas, la PROFEDET está capacitada para brindar orientación y asesorar a los trabajadores del país.