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12 de septiembre 2022

Hugo Lora

Después de una sesión maratónica en el Senado de la República, se aprobó en lo general y particular con 69 votos a favor, 50 en contra y dos abstenciones (una de ellas de Ricardo Monreal) las modificaciones a las leyes de Seguridad Pública y de la Guardia Nacional, otorgándole el control administrativo y operativo de esta última a la Secretaría de la Defensa Nacional. Esto significa que la milicia tendría injerencia directa en las labores de procuración de seguridad, lo cual viene con el riesgo latente y evidente de una sistematización de la violencia como política de seguridad. Los militares están entrenados para usar la fuerza letal y así resolver conflictos, pudiendo resultar en violaciones constantes a los derechos humanos. Además, según lo aprobado, los elementos de esta corporación no deberán de renunciar a su fuero militar. Esto quiere decir que ellos serán juzgados por medio de los tribunales militares y conforme a las leyes del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada, por las faltas o delitos que comentan en actos o hechos del servicio militar, que ahora son las de seguridad pública.

Pero lo aprobado la semana pasada contradice directamente lo que está estipulado en el artículo 29 constitucional. “Las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional.” Por lo anterior, seguramente se promoverá una acción de inconstitucionalidad. La anterior es uno de los tres mecanismos de control constitucional y el día de hoy lo explicaré de manera muy breve.

La acción de inconstitucionalidad es una denuncia frente a una posible contradicción entre la Constitución y alguna norma de menor jerarquía. La pueden promover legisladores, el fiscal general de la República, los partidos políticos con registro nacional, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y sus organismos locales. Esta acción puede realizarse dentro de los 30 días naturales después de la publicación de la ley y, si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) considera que la norma es contraria a la Constitución, esta no se aplicará.

Seguramente escucharemos en las próximas semanas que esta acción se promovió y quedará en las manos de los ministros de la SCJN la seguridad de nuestro país, decisión en extremo complicada.

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