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En mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuya consecuencia jurídica demandaba la armonización de distintas leyes estatales, tarea pendiente desde el octubre de 2023

29 de octubre 2024

Arturo Maximiliano García

@ArturoMaxGP

En mayo de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cuya consecuencia jurídica demandaba la armonización de distintas leyes estatales, tarea pendiente desde el octubre de 2023. Precisamente por ese motivo, en representación de diversos colectivos de ciudadanas, presenté tres iniciativas para proteger a los menores y las mujeres ante la incidencia de incumplimiento en el pago de las pensiones alimenticias. Se trata de adiciones y reformas a diversas disposiciones del Código Civil, Código Penal y la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro, que son autoría intelectual y producto de un trabajo de años de dos importantes colectivos, uno que representa el movimiento Ley Sabina y Adax Digital.

Por lo que toca a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes la iniciativa homologa nuestra ley local, para reforzar el marco jurídico que da sustento y operatividad al Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, estableciendo mecanismos para proteger los derechos de los infantes y la promoción de la responsabilidad parental.

Así, quien incumpla con la obligación alimentaria ordenada por mandato judicial o establecida mediante convenio celebrado en el Centro de Justicia Alternativa, se total o parcialmente, por un periodo de 30 días, se constituirá en deudor alimentario moroso y se incluirá en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias.

Por otro lado, en la iniciativa de reforma al Código Civil se faculta al Juez del Registro Civil para hacer del conocimiento de las personas que pretendan contraer matrimonio si alguno se encuentra inscrito en este registro de morosos, señalando el monto de la deuda y el número de personas acreedoras, lo que se puede tomar como una forma de advertencia a cualquiera de los contrayentes de que existe este antecedente, en caso de que no lo conozca.

En lo referente a Código Penal, la iniciativa de ley impone de seis meses a cuatro años de prisión y una multa de 150 a 500 UMAS, a quien abandone a una mujer embarazada y se incrementará la sanción cuando producto del abandono o la lesiones se produjera la muerte de la gestante, debe haber una paternidad responsable que no deje la carga sólo a la mujer, sino a ambos. Asimismo, esta iniciativa prevé que la persona que se declare en estado de insolvencia para incumplir con el pago de obligaciones alimentarias se le impondrá una pena de seis meses a tres años.

De acuerdo a datos estadísticos de ADAX Digitales el 75 % de los hijos de padres separados no reciben pensión alimentaria en México y el 67.5 % de las madres autónomas enfrentan la evasión de sus exparejas en el cumplimiento de sus obligaciones alimentarias.

Y en Querétaro se estima que hay más de 3,008 deudores alimentarios con promedio con dos hijos desde mayo de 2023 hasta octubre de 2024, impactando en al menos 6,000 menores. Se presentarán también otras iniciativas y exhortos de mayor alcance a este paquete para impedir que las personas que aparezcan en este Registro Nacional puedan obtener licencias para conducir y en alcance a la ley general incluso algunos actos jurídicos patrimoniales.

Confío que será una iniciativa que tendrá el apoyo de diversos partidos, independientemente de bloques y colores, porque se trata de proteger principalmente a las mujeres y particularmente a las niñas, niños y adolescentes.

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