Dr. Salvador Ignacio Escobar Villanueva. Centro de Investigación Universidad Anáhuac Querétaro
La Declaración de los Derechos del Niño establece que todo niño debe estar protegido contra el trabajo que pueda perjudicar su salud, educación o desarrollo. En particular, el Artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño señala que los Estados deben proteger a los menores de cualquier trabajo que interfiera con su educación o que sea nocivo para su salud o desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
En nuestro país, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2022 del INEGI, se estimó que 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años (13.1% del total) se encontraban en situación de trabajo infantil. De estos, el 60.2% eran niños y el 39.8% niñas. El grupo de edad con mayor incidencia fue el de 15 a 17 años (48.9%), seguido por el de 10 a 14 años (40.4%) y el de 5 a 9 años (10.8%). Por si fuera poco, del total de menores en trabajo infantil, el 48.6% realizaba ocupaciones no permitidas, el 42.9% quehaceres domésticos en condiciones no adecuadas y el 8.5% ambas actividades. Entre las niñas, el 59.7% realizaba principalmente quehaceres domésticos en condiciones no adecuadas, mientras que el 33.2% estaba activa en alguna ocupación no permitida. En el caso de los niños, el 58.8% se encontraba en ocupaciones no permitidas y el 31.7% en quehaceres domésticos en condiciones no adecuadas.
Estas cifras evidencian una contradicción con los principios establecidos en la Declaración de los Derechos del Niño, que abogan por una infancia protegida y libre de explotación. La persistencia del trabajo infantil en México subraya la necesidad de fortalecer las políticas públicas y los mecanismos de protección para garantizar los derechos de la niñez.