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¿Qué esta permitido en el Escenario A del Semáforo COVID-19 de Querétaro?

El Gobierno de Querétaro exhortó a mantener las medidas sanitarias aún en el Escenario A del Semáforo COVID-19 Redacción Desde el 23 de abril, Querétaro pasó al Escenario A del Semáforo COVID-19, así lo informó el gobernador Francisco Domínguez en redes sociales. Esta medida será vigente hasta el 9 de mayo, cuando el Comité Técnico … Leer más

El Gobierno de Querétaro exhortó a mantener las medidas sanitarias aún en el Escenario A del Semáforo COVID-19

Redacción

Desde el 23 de abril, Querétaro pasó al Escenario A del Semáforo COVID-19, así lo informó el gobernador Francisco Domínguez en redes sociales.

Esta medida será vigente hasta el 9 de mayo, cuando el Comité Técnico de Salud revise de nuevo la situación sanitaria.

“La decisión en congruencia con el índice de modulación de casos que ha registrado una disminución sostenida”

El Comité Técnico de Salud acompañó esta decisión con un llamado a no confiarse, a no bajar la guardia y a permanecer atentos a los efectos que podría tener el incremento de la movilidad social en el comportamiento de la enfermedad, sobre todo ante la proximidad de celebraciones como el Día del Niño y el Día de las Madres; “el tránsito hacia el Escenario A no quiere decir que el fenómeno se encuentre contenido”.

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RESTAURANTES Y CENTROS NOCTURNOS

  • Restaurantes y/o Cafeterías (incluye restaurantes en viñedos). Cierre a las 23:00 horas, con 75% de ocupación. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
  • Centros nocturnos: casinos, cantinas y bares. Cierre a las 24:00 horas, con 50% de ocupación. Deberá observar el horario para la venta de bebidas alcohólicas. Se recomienda la instalación de medidores de CO2 (dióxido de carbono) y privilegiar zonas abiertas bien ventiladas. Uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Se recomienda que el nivel de sonido permita una conversación sin necesidad de gritar.
  • Venta de bebidas alcohólicas: en envase cerrado o para consumo en el sitio (de acuerdo con la licencia correspondiente). Hasta las 23:00 horas, todos los días de la semana.

 

COMERCIO

  • Farmacias, dispensarios médicos. Horario de acuerdo con la licencia de funcionamiento. Únicamente para la venta de medicamentos, artículos alimenticios, de higiene y primera necesidad. Los demás artículos, en caso de contar con ellos, deberán ajustarse a los horarios de los diferentes rubros enlistados. Respetando los aforos de los “Supermercados y Tiendas de Conveniencia”.
  • Centros Comerciales. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 60% de ocupación, dos personas por familia.
  • Comercio en general y prestación de servicios profesionales, servicios financieros. Abiertos de acuerdo con licencia de funcionamiento, con horario máximo de cierre a las 23:00 horas, 75% de ocupación, dos personas por familia.
  • Supermercados y tiendas de conveniencia. Cierre a las 23:00 horas, con 50% de ocupación, dos personas por familia.

 

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EVENTOS Y REUNIONES

Eventos masivos y centros recreativos: salones de eventos, conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias. Prohibición de eventos masivos y/o sociales, como bodas, bautizos, o fiestas, con asistencia mayor de 200 personas.

Se limitan las reuniones privadas a que se cumpla con la sana distancia de 1.5 metros entre cada asistente debiendo finalizar a las 23:00 horas, del día de su celebración. Privilegiar zonas abiertas bien ventiladas, el uso de terrazas, ventanas abiertas y ventiladores. Los conciertos, parques de diversiones, balnearios y ferias, con ocupación de 30%, apertura máxima hasta las 23:00 horas.

 

 

TURISMO

  • Hoteles y moteles. 75% de ocupación en cantidad de habitaciones, 75% de aforo en espacios comunes. Salones de eventos con aforo a 50%, observando lineamientos de “Eventos masivos”, privilegiando espacios abiertos, con ventilación natural. Los centros de consumo deberán observar mismos aforos y horarios que los “Restaurantes y/o cafeterías” y “Centros nocturnos”, así como la “Venta de bebidas alcohólicas”.
  • Tours turísticos a pie por la ciudad, al aire libre. Aforo máximo de 20 personas más los actores, uso obligatorio de cubreboca.
  • Recorridos Turísticos en el territorio estatal. Aforo máximo de 75% de la capacidad del vehículo durante el traslado, uso obligatorio de cubrebocas.

 

 

 

DEPORTE

  • Deportes profesionales, 30% de ocupación.
  • Deporte amateur de contacto (futbol, basquetbol, etcétera). Aforo de 30%. Se pide atender recomendaciones sanitarias como sana distancia, uso obligatorio de cubreboca en asistentes. Apertura máxima hasta las 22:00 horas
  • Espacios deportivos abiertos y de natación. Ocupación a 75%, previa cita.
  • Gimnasios, escuelas de artes marciales, centros deportivos, baile, spa y centros de masajes. Ocupación a 75%, previa cita.

 

 

OTROS

  • Centros de entretenimiento: Cines, teatros, museos, galerías, academias y eventos culturales de hasta 500 localidades. Ocupación de 50%, horario de cierre hasta las 23:00 horas.
  • Centros Religiosos: iglesias, templos, sinagogas, mezquitas, etcétera, 50% de ocupación.
  • Peluquerías, estéticas y barberías. Ocupación a 75%, previa cita.
  • Parques, plazas y espacios públicos abiertos. Reducción de aforos a 75% de ocupación. Uso obligatorio de cubreboca.
  • Transporte público. Uso obligatorio de cubreboca y aplicación de producto sanitizante al ingresar al vehículo, ventilación abierta.
  • Industria manufacturera, establecimientos industriales. Observar los “Lineamientos técnicos específicos para la reapertura de las actividades económicas”, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020. Sin restricción de horarios.

 

 

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