El Gobierno del Estado de México publicó en la Gaceta del Gobierno la reforma al artículo 269 Bis del Código Penal, una medida impulsada por la gobernadora Delfina Gómez para combatir el acoso sexual con mayor firmeza.
La modificación endurece sanciones, amplía la protección a víctimas y obliga a las instituciones a garantizar atención sin revictimización.
Con el Decreto 216, la entidad se suma al Pacto Xicoténcatl, iniciativa nacional promovida por la presidenta Claudia Sheinbaum para homologar marcos legales y fortalecer la protección hacia las mujeres.
La actualización define que cualquier conducta sexual no consentida, realizada hacia una persona de cualquier sexo, es suficiente para denunciar, incluso si ocurre solo una vez.
También establece que el acoso sexual aplica en espacios públicos, transporte, calles, mercados y terminales, ampliando el alcance del delito.
Cuando la conducta se repite o ocurre aprovechándose de una situación de desventaja o riesgo para la víctima, la pena aumentará hasta en una mitad.
Responsabilidad obligatoria para servidores públicos
Un punto central de la reforma es la sanción a autoridades que rechacen recibir denuncias o intenten disuadir a la víctima.
Policías, agentes del Ministerio Público y personal de justicia podrían enfrentar de dos a seis años de prisión, multas de hasta 500 días y la destitución e inhabilitación del cargo.
La ley obliga a que la interpretación del delito se haga con perspectiva de género y considerando los contextos de vulnerabilidad.
Con estos ajustes, el Estado de México se convierte en una de las primeras entidades en actualizar su legislación conforme a los nuevos estándares de protección.
El objetivo es cerrar la puerta a la impunidad, facilitar la denuncia y garantizar procesos más justos y seguros para las víctimas.