De forma unánime, el Pleno del Senado aprobó la noche del pasado 4 de diciembre, el dictamen de la denominada “Ley Silla”, para que trabajadores que laboren de pie puedan tomar descansos sentados.
La minuta aprobada contiene reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) en materia de derecho al descanso de los trabajadores durante la jornada laboral. Situación que no estaba regulada y que prohíbe a los empleadores obligar a las personas a cumplir la totalidad del horario de pie.
Con el aval de la Cámara Alta, la reforma a la LFT finalizó el trámite legislativo y solo espera su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Derivado de distintos esfuerzos para lograr dicho cambio en la legislación, en febrero de 2024 se aprobó un dictamen en ese sentido. Sin embargo, el proyecto quedó pendiente de discusión en la Cámara de Diputados y fue desechado al terminar la legislatura.
En el nuevo periodo legislativo, la reforma fue relanzada desde cero y de San Lázaro fue de donde salió la iniciativa en esta ocasión.
¿Qué es la Ley Silla?
La finalidad de la Ley Silla es mejorar la salud de los trabajadores, ya que está comprobado que trabajar de pie por muchas horas está relacionado con distintos problemas de salud. Entre ellos, infartos y derrames cerebrales que están asociados directamente con el retorno venoso, de acuerdo a investigaciones de la Revista Americana de Epidemiología.
De igual manera, adoptar tal posición por un lapso prolongado está relacionado con fatiga, tendinitis, várices, lesiones musculares y dolor lumbar.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) alerta que los trastornos musculoesqueléticos, que afectan a cerca de mil 710 millones de seres humanos en el mundo, están a la alza.
¿A quiénes beneficia?
Las disposiciones beneficiarán especialmente a empresas del sector comercial, servicios y centros de trabajo similares. Mientras que los establecimientos industriales solo lo aplicarán “cuando lo permita la naturaleza del trabajo”.
Por otra parte, los reglamentos internos de trabajo de las empresas tendrán que establecer normas sobre los periodos de descanso y el uso de sillas con respaldo. Esto permitirá a cada organización adaptar medidas según necesidades específicas.
Para su entrada en vigor, el proyecto otorga un plazo de 180 días a los empleadores para adaptarse a las nuevas disposiciones; mismos que corren a partir de su publicación en el DOF.
Al mismo tiempo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) contará con 30 días para emitir normas correspondientes sobre riesgos laborales asociados con el trabajo de pie.