Ahora bien, el contribuyente mes a mes enviará su contabilidad electrónica informando, por ejemplo, los impuestos retenidos a terceros durante el mes en cuestión, como las retenciones de ISR por sueldos y salarios correspondientes a enero de 2016 y, con base en dicha información, si para el 17 de febrero usted no ha pagado dichas retenciones la autoridad lo sabrá y podrá válidamente iniciarle una revisión electrónica.