Logo Al Dialogo
Logo Al Dialogo

Desde hace ya un par de años hemos venido escuchando del ‘buzón tributario’ y de cómo éste se convertirá en la nueva vía de comunicación con la autoridad fiscal, todo parece indicar que ahora sí, en 2016 se convertirá en una herramienta indispensable para los contribuyentes. A través del buzón tributario la autoridad puede notificar … Leer más

29 de enero 2016

Desde hace ya un par de años hemos venido escuchando del ‘buzón tributario’ y de cómo éste se convertirá en la nueva vía de comunicación con la autoridad fiscal, todo parece indicar que ahora sí, en 2016 se convertirá en una herramienta indispensable para los contribuyentes.

A través del buzón tributario la autoridad puede notificar digitalmente a los contribuyentes cualquier acto o resolución administrativa, incluyendo aquellas que pueden ser impugnadas. Por otro lado, los contribuyentes, a través de dicha herramienta, presentarán promociones, solicitudes, atenderán requerimientos, etc.

Funcionará (a grandes rasgos) de la siguiente manera:

  • El contribuyente recibirá a su correo electrónico –el que previamente proporcionó a la autoridad- un aviso que le indicará que tiene pendiente de ‘abrir’ un documento en su buzón tributario. Contará con un plazo de 3 días para ingresar a su buzón y ‘descargarlo’.
  • Las notificaciones se tendrán por realizadas cuando el contribuyente ‘descargue’ el documento -únicamente con la FIEL se podrá hacer uso del buzón-, si dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que recibió el correo el contribuyente no accede a su buzón, la notificación se tendrá por realizada al cuarto día hábil.
  • Si los contribuyentes abren su buzón en horas o días inhábiles, la notificación se tendrá por realizada a partir de las 9:30 horas del día hábil siguiente.

Para muchos contribuyentes la implementación de esta herramienta tecnológica les genera incertidumbre; estamos acostumbrados a que las autoridades nos notifiquen de manera personal, en papelito y en nuestro domicilio, y el hecho de que por no revisar nuestro correo, no nos percatemos de la notificación de un documento –al cuarto día hábil- con todas las consecuencias legales que ello implica, nos parece riesgoso.

Le comento, en la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) atendemos diariamente a contribuyentes que tienen problemas por no haberse enterado de la notificación ‘personal’ de un requerimiento, una resolución determinante de crédito fiscal, una negativa de devolución, etc. Las notificaciones personales presentan serias deficiencias y las actuaciones de los notificadores, en algunos casos, son muy cuestionables. Qué decir de las notificaciones por estrados o de las tantas veces que un empleado/vigilante recibe un documento y no lo entrega en las manos adecuadas, teniendo como consecuencia que no nos enteremos.

Personalmente, considero que el buzón tributario viene a solucionar más problemas de los que hoy tememos con su implementación, seguramente el buzón será perfectible y de ninguna manera considero que sea infalible, pero a riesgo de que me lleve algunos ‘recordatorios familiares’, lo considero una mejora.

Le recuerdo que Prodecon puede apoyarlo con cualquier duda o problema en materia fiscal federal por lo que lo invito a que se acerque a cualquiera de nuestras oficinas (www.prodecon.gob.mx), nuestros servicios son totalmente gratuitos.

Por: Francisco Javier Ceballos Alba (*)

Hasta la próxima.

(*) Subprocurador de Protección de los Derechos de los Contribuyentes. Procuraduría de la Defensa del Contribuyente

Logo Al Dialogo
CREAMOS Y DISTRIBUIMOS
CONTENIDO DE VALOR
DOMICILIO
Avenida Constituyentes 109, int.11, colonia Carretas.
C.P.76050. Santiago de Querétaro, Querétaro.
AD Comunicaciones S de RL de CV
REDES SOCIALES
Logo Al Dialogo
© 2024 AD Comunicaciones / Todos los derechos reservados