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4 de noviembre 2025

La semana pasada, la Cámara de Diputados aprobó la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, que busca homologar este delito en todo el país, endurecer sanciones, y dar herramientas para investigar y perseguirlo de forma más efectiva.

Ante las discrepancias en definición y sanciones en las legislaturas locales, la nueva ley tiende a unificar criterios y endurecer sanciones; establece penas de seis a 15 años de prisión, con posibilidad de incrementarlas hasta 25 años si se configuran agravantes como cuando “se comenta en contra de quien realice actividades comerciales, empresariales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesqueras, de servicios públicos o privados”, según la fracción II del artículo 16. No obstante, la mayoría de diputados, sin razonable justificación, apoyó reducir las sanciones previstas contra funcionarios públicos que sean cómplices u omitan denunciar el delito. ¿Por qué sería? ¿Se amarran el dedo antes de cortárselo?

Aunque en las disposiciones generales de la iniciativa se omite una definición de “extorsión”, el artículo 15 la considera como “a quien sin derecho, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo obteniendo un beneficio o lucro para sí o para otro, causando a alguien un daño perjuicio patrimonial, moral, físico o psicológico”.

La reforma, si es aprobada por el Senado, faculta a las autoridades para investigar extorsiones aun sin denuncia formal. La presidenta Sheinbaum ha promovido la iniciativa para que la extorsión se investigue y persiga “de oficio”, es decir, sin necesidad de una denuncia previa. Si hay verdadera voluntad por terminar con este delito, el Estado ya puede empezar por investigar a líderes de comerciantes ambulantes que los extorsionan económicamente para permitirles instalarse en determinados lugares, así como a las autoridades que, a su vez, extorsionan a esos líderes para permitirles operar.

Por otro lado, de conformidad con los artículos 15 y 16 de la iniciativa, y en perspectiva a las campañas políticas de 2027, es posible que, como ha sido costumbre en el partido gobernante, se cometa extorsión en contra de comerciantes vulnerables, especialmente de los llamados mercados sobre ruedas, a quienes amenazan con impedirles instalarse si no colocan en sus puestos mantas o mensajes de apoyo a un candidato.

El delito se comete no necesariamente de forma violenta y lo más común es que sea a través de coerción, amenaza, intimidación o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad; la nueva ley busca dejar en claro que las distintas modalidades de presión o exigencia ilícita entran en el supuesto de extorsión.

Hay de extorsiones a extorsiones: no es lo mismo intimidar a los vendedores de mercados ambulantes que amenazar a productores del campo si no pagan un soborno, o amenazar con cárcel a un ciudadano si no se disculpa públicamente en la Tribuna del Senado ante un senador supuestamente ofendido, que extorsionar veladamente a los más necesitados a través de la dispersión de dinero “para el bienestar”, especialmente en tiempos electorales,

El Estado tiene mucha tela de donde cortar.

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