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5 de noviembre 2025

Recientemente se presentó al Congreso de la Unión, una iniciativa de ley para adicionar el citado artículo 30-B del CFF, que permitirá el acceso directo del SAT a los sistemas digitales privados de los contribuyentes, con la finalidad de auditar sus operaciones gravables.

El contribuyente que utiliza medios electrónicos para su operación, puede tener, con esta reforma, ciertos riesgos de ciberseguridad, como la exposición de información de datos sensibles, y un posible uso inadecuado de los datos, por lo cual se deberá cuidar que la autoridad no vaya más allá de sus atribuciones y respete la privacidad de los particulares.

Desde una perspectiva técnica, los riesgos son muchos, pues la autoridad contaría con información personal de los usuarios, como sus historiales de consumo, publicaciones y preferencias. Así las cosas, el SAT debe emitir lineamientos que garanticen que su fiscalización sea legal y adecuada para evitar errores y abusos por parte de la autoridad.

En mi opinión, la autoridad siempre debe sujetarse a un marco normativo claro, que permita que sus facultades de fiscalización no sean contrarias a los derechos humanos ni a nuestra Constitución.

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