Hugo Lora
La Guardia Nacional fue creada en 2019 como órgano desconcentrado de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana siendo conformada por las policías federales, navales y militares. Al día de hoy, esta corporación tiene más de 115 mil efectivos y más del 80 por ciento provienen del Ejército y la Marina. Desde su gestación existía la preocupación de que, en caso de tener un mando militar, esta política podría llevar a violaciones sistemáticas de los derechos humanos, pero afortunadamente no se logró y la Guardia Nacional actualmente tiene un mando civil.
En agosto de este año, el presidente anunció que se publicaría un decreto para trasladar el mando de la institución a las fuerzas armadas, y que se enviaría a la Cámara de Diputados una serie de reformas para que la Secretaría de la Defensa Nacional pueda ejercer el presupuesto y las tareas administrativas de la Guardia Nacional. La madrugada del sábado pasado, después de una sesión muy larga y con 265 votos a favor, se aprobaron las reformas a cuatro leyes secundarias: la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica del Ejército y la Fuerza Aérea, la Ley de la Guardia Nacional, y la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y la Fuerza Aérea. Ahora, el proceso legislativo dicta que la Cámara de Senadores tendrá que analizar, discutir y votar las reformas anteriores.
Durante los últimos años hemos visto que las fuerzas armadas son responsables de una infinidad de actividades que van desde la construcción y administración del nuevo aeropuerto de Santa Lucía, la edificación del Parque Ecológico Lago de Texcoco y de un nuevo aeropuerto en Tulum, hasta el control de casi tres mil sucursales del Banco del Bienestar y la construcción de algunos tramos del Tren Maya.
Es importante mencionar que el artículo 21 constitucional dice que “las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional.” Por ello, imponer un mando militar sería inconstitucional. Aun si el Senado decide pasar estas reformas, existe un mecanismo de protección constitucional que podría frenarlas: la acción de inconstitucionalidad.