La semana pasada la Sala Superior del Tribunal Electoral determinó devolver el triunfo a 15 candidatos declarados inelegibles por el INE al no alcanzar el promedio académico requerido de 8 y 9, bajo el pretexto de que dicho órgano electoral había sobrepasado su función, criterio aplicable para los otros aspirantes que impugnaron la elección y aún están pendientes de resolver.
Sin embargo, el texto de la Constitución, modificado por el partido mayoritario con motivo de la reforma judicial actualmente vigente, establece como uno de los requisitos haber obtenido ese promedio general de calificaciones para poder ser electo.
Esa decisión refrenda que lo único que importa es el interés de la clase política gobernante, por encima de todo, incluso del propio bienestar del pueblo en temas de justicia, pues si los próximos jueces no pudieron cumplir con un requisito para ser electos, cómo esperar que hagan cumplir la norma suprema.