La aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2026 consume un escenario de precariedad institucional que compromete gravemente la operatividad del Poder Judicial de la Federación. Desde una óptica estrictamente constitucional, esta reducción de las partidas esenciales no debe interpretarse como una medida de austeridad republicana, sino como una vulneración directa a la garantía de tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 17 de la carta magna.
Las recientes movilizaciones y suspensiones parciales de labores protagonizadas por la base trabajadora (secretarios, actuarios y oficiales judiciales) no constituyen una defensa corporativista de privilegios, sino la denuncia de una imposibilidad material para cumplir con la función jurisdiccional. La falta de insumos básicos y el deterioro de la infraestructura, evidenciados en el último trimestre, han generado un “estado de necesidad” administrativo que dilata injustificadamente la sustanciación de los juicios de amparo y los procesos penales federales.
La impartición de justicia requiere, por mandato legal, ser pronta y expedita. Sin embargo, imponer cargas de trabajo crecientes con recursos decrecientes deviene en una denegación de justicia ‘de facto’. Someter a la judicatura a la inoperancia financiera es un mecanismo de control político que debilita el sistema de pesos y contrapesos. Una justicia desfinanciada es, por definición, una justicia incapaz de garantizar el Estado de derecho frente a la arbitrariedad de la autoridad.